Paro de colectivos: la Secretaría de Transporte multará a las empresas que reduzcan el servicio

El ente emitió un comunicado en el que confirmaron que se labraron actas de infracción y que sancionarán a aquellas compañías que sufran alteraciones en las frecuencias.

La Secretaría de Transporte adelantó que, a través de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), multará a las empresas que no cumplan con el servicio.

El ente emitió un comunicado en el que confirmó que "se encuentra fiscalizando el funcionamiento de los servicios urbanos de pasajeros luego de detectar una merma en la cantidad de colectivos en circulación en comparación con la jornada anterior".

Según detallaron en el documento, la reducción de unidades se produjo pese a que el Estado nacional cumplió con el pago de los subsidios correspondientes al cuarto día hábil de abril.

Además, remarcaron que las empresas prestatarias habían asumido el compromiso de sostener e incluso mejorar la frecuencia de los servicios.

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El Gobierno multará a las empresas de transporte que no brinden el servicio correctamente.

El Gobierno multará a las empresas de transporte que no brinden el servicio correctamente.

Frente a este escenario, el organismo de control ya comenzó a labrar actas de infracción contra aquellas compañías que no garantizan niveles adecuados de prestación, en una medida que busca resguardar a los usuarios ante la disminución del servicio.

Paro de colectivos: cuáles serán las sanciones para las empresas

Desde la CNRT confirmaron que los controles se intensificaron y que ya se están aplicando sanciones en el marco del Decreto 1395/1998, que regula el sistema de transporte automotor de pasajeros.

Entre las penalidades previstas se encuentran:

  • Multas económicas: las empresas que incumplan con las frecuencias establecidas, ya sea en horarios diurnos o nocturnos, pueden enfrentar sanciones que van desde los 500 hasta los 15.000 boletos mínimos.
  • Riesgo de concesión: si la interrupción del servicio se prolonga durante cinco días consecutivos o diez alternados en el plazo de un año, la situación puede ser considerada como “abandono del servicio”.
  • Caducidad del permiso: la reiteración de incumplimientos habilita al Estado a avanzar con la quita de la concesión, retirando la explotación de la línea a la empresa infractora.

Las autoridades advirtieron que continuarán con los operativos de control en todo el sistema para garantizar el cumplimiento de las frecuencias y evitar nuevas afectaciones en el servicio que utilizan miles de pasajeros a diario.