Tragedia en Santa Fe: cuándo entra en vigencia la baja de la edad de imputabilidad

El ataque en una escuela de San Cristóbal volvió a poner en foco el debate en torno a la baja la edad de imputabilidad. El adolescente de 15 años acusado no puede ser juzgado penalmente bajo el esquema actual.

La conmoción por el ataque ocurrido este lunes en la Escuela N°40 Mariano Moreno de San Cristóbal volvió a poner en primer plano el debate por la baja de la edad de imputabilidad que todavía no entró en vigencia en Argentina. En consecuencia, el adolescente de 15 años acusado de matar a un compañero e herir a otros dos no puede ser juzgado penalmente bajo el nuevo régimen.

No es punible por la edad. No ha entrado en vigencia la norma”, explicó el ministro de Justicia y Seguridad de Santa Fe, Pablo Cococcioni, durante la conferencia de prensa del lunes. Y agregó: “Dentro del marco legal vigente se va a hacer el máximo esfuerzo para dar una contención adecuada en un caso de esta naturaleza”.

Cuándo empieza a regir la nueva ley

La Ley 27.801 de Régimen Penal Juvenil, que baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, fue promulgada y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo de 2026.

El texto establece un plazo de 180 días para su entrada en vigencia, lo que lleva su aplicación efectiva a principios de septiembre de 2026.

Hasta ese momento, sigue vigente el régimen actual: los menores de 16 años son inimputables y no pueden ser sometidos a un proceso penal con condena, más allá de las medidas de protección que puedan disponer los jueces.

Qué cambia con el nuevo régimen

La reforma implica un cambio estructural en el tratamiento penal de adolescentes en la Argentina. Entre sus principales puntos:

Fin del sistema tutelar

Se abandona el modelo vigente desde 1980, basado en criterios de protección con amplia discrecionalidad judicial, y se lo reemplaza por un proceso penal formal, con investigación fiscal, derecho de defensa, producción de pruebas y sentencia.

Baja de la edad de imputabilidad

La punibilidad se fija desde los 14 años, lo que permitirá juzgar a adolescentes de 14 y 15 bajo un régimen específico.

Cambios para jóvenes de 16 y 17 años

Se eleva de dos a tres años de pena mínima el umbral para habilitar la prisión efectiva.

Garantías y defensa especializada

Se refuerzan los derechos constitucionales y se garantiza defensa técnica desde el inicio del proceso, con equipos especializados en justicia juvenil.

Prisión como última instancia

El encierro queda reservado para delitos graves (homicidios, abusos, secuestros o robos violentos). Se prohíbe la prisión perpetua para menores de 18 años.

Más penas alternativas

Para delitos de menor gravedad se priorizan medidas como:

  • Amonestaciones judiciales
  • Prohibición de contacto con la víctima
  • Restricciones de circulación
  • Trabajo comunitario
  • Monitoreo electrónico

Límite máximo de pena

Se fija un tope de 15 años de prisión, con posibilidad de acceder a medidas alternativas tras cumplir dos tercios de la condena.

Condiciones de detención diferenciadas

Los adolescentes deberán ser alojados en espacios específicos, separados de adultos y con condiciones acordes a su edad.

Presupuesto e implementación

La ley prevé una asignación superior a los $23.700 millones, destinada principalmente a fortalecer la defensa pública y adaptar la infraestructura judicial. Su aplicación dependerá, en gran medida, de la coordinación entre Nación y provincias.

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