- En julio de 2026, deben hacer la VTV los vehículos con patente terminada en 7.
- Jubilados, pensionados y mayores de 65 años que cumplan requisitos pueden no pagar el trámite.
- Las personas con discapacidad con CUD también acceden a la VTV gratuita.
- Los autos cero kilómetro están exentos durante los primeros años según la jurisdicción.
La Verificación Técnica Vehicular (VTV) constituye uno de los controles obligatorios más importantes para los conductores, ya que tiene como principal objetivo garantizar que los vehículos circulen en condiciones adecuadas de seguridad. Mediante una revisión integral de distintos componentes mecánicos y estructurales, este procedimiento busca asegurar que cada unidad cumpla con los estándares mínimos exigidos para transitar por la vía pública y reducir así el riesgo de siniestros viales.
Durante la inspección, los especialistas evalúan aspectos esenciales del funcionamiento del vehículo, como el sistema de frenos, la suspensión, la dirección, las luces y la emisión de gases contaminantes, entre otros puntos clave. Detectar a tiempo fallas o desperfectos permite realizar las reparaciones necesarias antes de que el automóvil vuelva a circular, convirtiendo a la VTV en una herramienta preventiva fundamental para proteger tanto a conductores como a peatones.
No obstante, aunque la realización de este trámite es obligatoria en todo el país, cada jurisdicción posee la facultad de establecer sus propias condiciones de aplicación. De esta manera, provincias y municipios pueden definir cronogramas de vencimiento, determinar la antigüedad a partir de la cual los vehículos deben someterse al control y establecer beneficios o exenciones económicas para determinados sectores, como jubilados, pensionados o personas con discapacidad.
Qué conductores no deben pagar la VTV en julio 2026
Con la llegada de julio de 2026, el cronograma de la Verificación Técnica Vehicular (VTV) establece que deben realizar el trámite los propietarios de vehículos con patentes finalizadas en el número 7. No obstante, las disposiciones vigentes y las modificaciones introducidas por el Decreto 139/2026 determinan que no todos los conductores alcanzados deberán afrontar el costo del procedimiento. Si bien la revisión continúa siendo obligatoria, determinados sectores pueden acceder a la exención total del pago, un beneficio pensado para aliviar el gasto de grupos específicos de la población.
Entre quienes pueden acceder a la gratuidad se encuentran jubilados, pensionados y mayores de 65 años que cumplan con los requisitos establecidos en cada jurisdicción. En la provincia de Buenos Aires, el beneficio alcanza a quienes perciben hasta dos haberes mínimos, mientras que en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) se aplica a jubilados que cobran la mínima y cuyos vehículos respetan determinados límites de valuación fiscal o exención impositiva. Además, las personas con discapacidad que posean el Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden realizar la VTV sin costo tanto en territorio bonaerense como porteño, aunque el beneficio se limita a una sola unidad por titular.
Por otra parte, la normativa vigente también contempla exenciones vinculadas a la antigüedad del vehículo. En CABA, los autos cero kilómetro no deben realizar la VTV durante los primeros cuatro años desde su patentamiento o hasta alcanzar los 60.000 kilómetros recorridos. A su vez, las nuevas disposiciones nacionales y provinciales extendieron a cinco años el plazo para la primera inspección de los vehículos particulares nuevos. De esta manera, quienes integren alguno de estos grupos o cumplan con los requisitos establecidos podrán gestionar el turno correspondiente sin abonar la tarifa, siempre que mantengan actualizada toda la documentación personal y del automóvil.