Decretan feriado oficial para este martes 10 de febrero
La jornada fue declarada no laborable por un nuevo aniversario fundacional.
Alcanzará a la administración pública provincial y municipal.
Incluye al Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Para el sector privado será feriado optativo (industria, comercio y otras actividades).
Decretan feriado oficial para este martes 10 de febrero: se trata de una jornada no laborable en una reconocida ciudad costera. La medida fue establecida por el gobierno de la provincia de Buenos Aires y por la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, ¿quiénes lo pueden disfrutar en 2026?
La decisión fue adoptada a través de resoluciones oficiales del gobierno bonaerense y del municipio correspondiente, estableciendo un esquema especial de funcionamiento para organismos estatales, bancos y actividades privadas.
La disposición alcanza principalmente a la administración pública y establece un esquema especial para otras actividades.
Mar del Plata
Por qué será feriado el 10 de febrero y quiénes lo pueden disfrutar
El asueto fue decretado en conmemoración de la fundación de Mar del Plata, ocurrida el 10 de febrero de 1874, cuando el gobernador bonaerense Mariano Acosta reconoció oficialmente al pueblo.
A través de una resolución del Ministerio de Gobierno bonaerense, la fecha fue declarada no laborable para la administración pública provincial y local, incluyendo al Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Además, se estableció como feriado optativo para la industria, el comercio y otras actividades privadas, por lo que en estos casos quedará a criterio de cada empleador la adhesión. El intendente Agustín Neme también firmó el decreto 189/26, que declara la jornada no laborable para el personal municipal, garantizando guardias mínimas en los servicios esenciales. En años anteriores, varias entidades bancarias privadas tampoco abrieron sus puertas durante esta fecha, aunque aún resta confirmación oficial para 2026.
Cuáles son los feriados inamovibles y trasladables en 2025
Feriados inamovibles
Son aquellos que se celebran en una fecha fija y no se modifican, sin importar el día de la semana en que caigan.
Entre ellos se encuentran:
1° de enero – Año Nuevo
24 de marzo – Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
2 de abril – Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
25 de mayo – Revolución de Mayo
20 de junio – Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
9 de julio – Día de la Independencia
8 de diciembre – Inmaculada Concepción de María
25 de diciembre – Navidad
Feriados trasladables
Son fechas que pueden moverse para conformar fines de semana largos y fomentar el turismo interno.
Entre ellos se incluyen:
Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes
Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
Día del Respeto a la Diversidad Cultural
Día de la Soberanía Nacional
Feriados con fines turísticos
Según la Resolución 164/2025 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, para el año 2026 se establecieron dos días no laborables con fines turísticos, que se suman al calendario nacional y permiten conformar fines de semana largos: