La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta en todo el país de una reconocida marca de aceite de oliva por no estar correctamente registrado, lo que lo convierte en un producto ilegal.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica detectó que no estaba correctamente registrado, lo que lo convierte en un producto ilegal. También se vetó la comercialización de un suplemento dietario importado, por haber sido ingresado clandestinamente al país.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta en todo el país de una reconocida marca de aceite de oliva por no estar correctamente registrado, lo que lo convierte en un producto ilegal.
La medida se implementó a través de la Disposición 5433/2025 del organismo, publicada este martes en el Boletín Oficial, con la firma de su titular, Nélida Bisio.
Se trata del aceite de oliva marca Soma, producido en Paso Viejo, en el departamento cordobés de Cruz del Eje. El texto explica que el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) inició una investigación acerca de la genuinidad del producto y detectó que tanto el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) como el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que se exhiben en el rótulo son inexistentes.
Al no estar debidamente registrado, no puede garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, por lo que la ANMAT procedió a prohibir su elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea.
Además, la ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea del producto: "Dietary Supplement marca Dopa Mucuna, NOW Brain Support, NOW FOODS 395 S Glen Ellyn Rd, Bloomingdale IL 60108, USA" por ser un producto que no cumplimentó el procedimiento establecido para la importación de alimentos.
Según repasa la Disposición 5432/2025 del organismo, publicada este martes en el Boletín Oficial, ante un pedido del Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos, el Servicio de Autorización Sanitaria de Alimentos para el Comercio Exterior informó que no constan antecedentes de ingreso al país del citado producto.
De esta forma, "por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina".
Por ello, la ANMAT dispuso su prohibición en todo el país, tanto en tiendas físicas como digitales.