La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio argentino, así como en plataformas de venta en línea, de tres reconocidas marcas de aceite de oliva.
La medida se implementó a través de las resoluciones 5093, 5055 y 5096 del organismo, publicadas este miércoles en el Boletín Oficial con la firma de su titular, Nélida Bisio.
En el primer caso, se trata del aceite de oliva extra virgen - fuerte, marca Los Ayllos, producido en Villa de las Rosas, Traslasierra, Córdoba. Según la investigación de las autoridades, el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que se exhibe en el rótulo corresponde a otro producto. Además, su número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) era irregular ya que no se correspondía con una planta existente.
Sin registros correspondientes, no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad. Ante esto, se procedió a la prohibición.
Aceite de oliva extra virgen Los Ayllos
ANMAT
La segunda marca de aceite de oliva vetada por la ANMAT es Olivares del Rey. En este caso, el RNE es inexistente, y el RNPA se corresponde a otro producto.
Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado, ni expendido en el territorio de la República, por lo que se prohibió su venta.
Aceite de oliva extra virgen Olivares del Rey
ANMAT
El tercer caso corresponde a la marca Clásico, del que también se detectó que exhibe en su rótulo un número de RNE perteneciente a otro elaborador y un RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia un producto ilegal, por lo que se proscribió su comercialización.
Aceite de oliva extra virgen Valle de Tunuyan
ANMAT
ANMAT prohibió la venta de una reconocida marca de azúcar
Además, a través de la Resolución 5094/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el organismo prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto rotulado como: "Azúcar común tipo A; marca Dulzura", por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un número de RNE inexistente y un número de RNPA perteneciente a otro elaborador, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
La resolución oficial expresa que, dado que no se logra identificar el origen ni garantizar la trazabilidad, la calidad y la seguridad del producto, queda prohibida su producción, comercialización y expendio en todo el país. Además, la medida alcanza a otros productos que incluyan el número de RNE N° 23001241 en sus etiquetas.