La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición en todo el país de la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una marca de aceite de oliva por incumplir normativa alimentaria vigente.
ANMAT prohibió la elaboración y venta de una reconocida marca de aceite de oliva
Según la Disposición 192/2026, publicada este viernes en el Boletín Oficial, el producto presentaba registros falsos. Por ese motivo se ordenó retirarlo de las góndolas de todo el país.
El organismo determinó que el producto es apócrifo, ya que presentaba rotulado falso y registros sanitarios inexistentes. La medida fue oficializada mediante la Disposición 192/2026, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
Se trata del producto denominado “Aceite de Oliva extra virgen”, marca Tierra de Oliva, con RNPA N° 12301246, elaborado y envasado supuestamente por el Establecimiento Los Juárez, con domicilio en Chamical, La Rioja, y RNE N° 12310897.
Según detalló el organismo, la intervención se inició a partir de una consulta realizada por un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), en la que se alertaba sobre presuntas irregularidades en el producto.
Tras la investigación, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos corroboró que existían notificaciones previas y confirmó que tanto el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) como el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) consignados en la etiqueta no existen.
Además, el aceite había sido detectado en circulación en la provincia de Santa Fe, donde la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) emitió una alerta y ordenó su prohibición total en ese territorio. Una medida similar fue adoptada en Córdoba, a partir de una resolución de la Municipalidad de Marcos Juárez.
En ese contexto, la ANMAT remarcó que el producto "se halla en infracción por carecer de registros sanitarios de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser, en consecuencia, apócrifo”.
ANMAT suspendió la venta de un producto para el cabello por tener un componente peligroso
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicó una disposición donde prohíbe la elaboración, uso, distribución y publicidad de diversos productos para el cabello por tener un componente peligroso.
Según se detalló, el organismo llevó a cabo la resolución luego de investigaciones iniciadas por reportes y denuncias por parte de los consumidores. Con esta medida se busca resguardar la salud pública ante la circulación de artículos de origen desconocido y sin control de calidad, incluidas marcas comercializadas de forma electrónica y en todo el país.
La lista de artículos capilares es de la marca SUAD que se vendían en plataformas digitales, pero ninguno de estos productos, en el que figuran alisados con distintas denominaciones, tratamientos capilares y shampoos, contaba con la inscripción sanitaria correspondiente, lo que imposibilita verificar su composición y seguridad para los usuarios.
Además, se advirtió sobre los riesgos asociados a los alisadores que podían contener formol, una sustancia cuyo uso para alisar el cabello está prohibido por su capacidad de liberar vapores tóxicos con potencial para causar reacciones agudas (ardor, picazón, irritación en piel, ojos y tracto respiratorio) e incrementar el riesgo de carcinomas en exposiciones crónicas.
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