Libre portación de armas: la política impulsada por el Gobierno y el decreto que bajó la edad mínima

En diciembre de 2024, el presidente Javier Milei firmó un DNU que disminuyó el rango etario, de 21 a 18, para que las personas puedan posser armamentos. Además, un junio habilitó la compra y tenencia de armas semiautomáticas para civiles.

En diciembre de 2024, el Presidente firmó un DNU que disminuyó el rango etario, de 21 a 18, para que las personas puedan posser armamentos. Además, en junio de este año se habilitó la compra y tenencia de armas semiautomáticas para civiles.

El decreto modificó el articulo 55 de la Ley Nacional de Armas y Explosivos, en la cual fijó que a partir de los 18 años, los ciudadanos se encuentran habilitados para tenencia. De esta manera, se dejó atrás los 21 años que se establecía como requisito para la “adquisición o transmisión por cualquier título, uso, tenencia y portación de armas de uso civil haber alcanzado la mayoría de edad”.

Entre los argumentos para llevar a cabo el cambio, el documento señala que "a los efectos de armonizar la legislación vigente, reconociendo la capacidad de los ciudadanos para ser legítimos usuarios de armas a partir de los dieciocho (18) años”.

Armas semiautomáticas
El Gobierno autoriza el uso de armas semiautomáticas en actividades deportivas.

El Gobierno autoriza el uso de armas semiautomáticas en actividades deportivas.

De todas maneras, aclara que aquellas personas incluidas en dicha franja etaria deben cumplir con diversos requisitos para la libre portación. Por ejemplo, no tener “anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten al peticionante”, la acreditación de datos personales bajo dependencia policial, y “la no existencia de antecedentes policiales o penales”.

El Gobierno habilitó la tenencia de armas semiautomáticas, carabinas y subametralladoras para uso civil

En junio de este año, el Ejecutivo dispuso una nueva flexibilización en el uso de armas de parte de civiles. A partir de un decreto, las armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon, símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR podrán utilizarse en actividades deportivas.

La norma establece que la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) podrá "autorizar a legítimos usuarios de armas de Uso Civil Condicional la adquisición y tenencia de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR".

"A tal efecto, los referidos legítimos usuarios deberán acreditar probados usos deportivos y las demás condiciones objetivas que al efecto establezca la agencia", añade el texto.

En los considerandos, el decreto repasa que desde 1995 esas armas eran "de uso exclusivo para las instituciones armadas", y que a modo de excepción "se podía autorizar a legítimos usuarios de armas de Uso Civil Condicional la tenencia de las armas anteriormente indicadas".