Elecciones en Río Negro 2023: cuándo arranca la veda electoral y qué restricciones habrá ante los comicios

La veda electoral en Río Negro comienza a las 00 del sábado y termina tres horas después del cierre de los comicios. Conocé que no hay que hacer para evitar una multa económica.

Cuatro días separan a la Provincia de Río Negro de las próximas elecciones para elegir al nuevo gobernador, vicegobernador, legisladores y demás autoridades municipales. El voto es obligatorio para todos aquellos que tienen entre 18 y 70 años de edad, mientras que, es opcional para todos aquellos que tienen 16, 17 o son mayores de 70. La fecha de los comicios se confirmó luego de que la provincia patagónica haya desdoblado las elecciones y serán el domingo 16 de abril. Sin embargo, el próximo viernes comienza la veda electoral y repasamos cuáles son las restricciones que rigen hasta que finalicen los sufragios.

Cuáles son las restricciones durante la veda electoral

La veda electoral en la Provincia de Río Negro comienza el sábado a las 00 horas y culmina tres horas después del cierre de urnas. Conocé una por una las restricciones que rigen durante la veda:

  • La Ley Electoral establece que están prohibidos los actos o reuniones con finalidades proselitistas, ya sean, expresas o encubiertas y al mismo tiempo está prohibida la publicidad partidaria emitida por diarios, radios, programas televisivos, o cualquier otro tipo de propaganda desde 32 horas antes del inicio de los comicios.
  • En caso de que una persona desee realizar una celebración o evento especia el sábado o domingo y que esta implique una reunión masiva de gente, deberá notificarle al Juzgado de Paz de la localidad.
  • En el caso de los casino y los comercios bailables podrán permanecer abierto hasta las 24 horas del día viernes previo a las elecciones y podrán volver a abrir sus puertas tres horas después del cierre de urnas.
  • La apertura de restaurantes, casas de comidas, confiterías y afines está permitida, pero tienen prohibido la venta de bebidas alcohólicas hasta tres horas después del cierre de los comicios.
  • Se prohíben los espectáculos populares al aire libre o en espacios cerrados, fiestas teatrales, deportivas o toda clase de reunión que no esté relacionado con el acto electoral.
  • La difusión de encuestas relacionadas a los comicios está prohibida desde los 10 día anteriores al día electoral. Las encuestas y sondeos del día de los sufragios podrán realizarse mientras que no se transformen en un factor de perturbación a la libre circulación de los ciudadanos en los alrededores de los edificios seleccionados para los comicios. Por otro lado, vale destacar que tampoco podrán difundirse hasta una hora después del cierre de las elecciones.
  • En caso de incumplimiento, será sancionado con una multa económica equivalente al 100% del valor del centimetraje o minutos de publicidad de un día correspondiente al medio que difunda la encuesta. En caso de reincidencia, las multas se duplicarán.
  • Serán solidariamente responsables el solicitante, la empresa realizadora y la autoridad del medio de difusión que de a conocer estos datos.
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