Elecciones en Corrientes 2023: quiénes están habilitados para votar

Conocé quiénes están habilitados para los comicios en la provincia del 11 de junio en donde renovarán bancas legislativas.

El 11 de junio habrá Elecciones 2023 provinciales en Corrientes para renovar las bancas legislativas, ya que, no tendrán comicios para elegir gobernador y Vicegobernador. Luego tendrán que volver a presentarse a las urnas el 13 de agosto y el 22 de octubre para lo que serán, en primer lugar, las PASO presidenciales para elegir a los candidatos que pelearán por sentarse en el sillón de Rivadavia y en octubre para las generales que definirá al próximo Presidente de la Argentina.

El Padrón Electoral ya se encuentra habilitado y podés consultar en dónde te corresponde votar. Sólo vas a necesitar el número de documento y el género para conocer el establecimiento en el que tenés que presentarte, el número de mesa y el número de orden. Conocé qué se vota y quiénes están exentos de votar.

Qué se vota en las elecciones de Corrientes

Al no haber elecciones provinciales, los ciudadanos de la Provincia de Corrientes tendrán que presentarse a las urnas para renovar bancas legislativas. Serán 15 de las 30 bancas que la Cámara de Diputaos tiene en el distrito y además, deberán renovar 5 lugares en el Senado, que está conformado por un total de 15 bancas.

Elecciones en Corrientes: quiénes están exentos de votar

El voto para las Elecciones 2023 en Corrientes es obligatorio para todos aquellos que tienen entre 18 y 70 años de edad, mientras que, es opcional para los que tienen 16, 17 y tienen más de 70 años. Conocé quiénes son los otros ciudadanos que están exentos de votar en los comicios del 11 de junio:

  • Jueces y sus auxiliares que deben asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras duren los comicios.
  • Los que el día de los sufragios se encuentren a más de 500 KM del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. El día de los sufragios deberán presentarse en una comisaría para dejar sentado sus motivos.
  • Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor que les impida asistir al acto electoral.
  • El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir a los establecimientos habilitados para votar.
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