La Justicia de Estados Unidos anuló la condena contra Argentina por la expropiación de YPF, que había decretado la jueza de primera instancia de Nueva York, Loretta Preska, y determinado el pago de más de u$s16 mil millones.
El presidente Javier Milei anunció que la Cámara de Apelaciones de Nueva York invalidó la resolución de primera instancia de la jueza Loretta Preska, quien había determinado el pago millonario.
La Justicia de Estados Unidos anuló la condena contra Argentina por la expropiación de YPF, que había decretado la jueza de primera instancia de Nueva York, Loretta Preska, y determinado el pago de más de u$s16 mil millones.
El Gobierno dio a conocer que la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de la ciudad estadounidense invalidó la resolución de la magistrada: en 2023 había resuelto que el Estado argentino debía abonar una cifra sideral.
En junio de 2025 la jueza resolvió que para afrontar el pago de la indemnización la Argentina debía entregar ante su tribunal el 51% de las acciones de la compañía en poder del Estado, pero la Corte de Apelaciones revirtió esta medida. En el marco de la causa, en tanto, el 13 de marzo pasado el Gobierno de Estados Unidos se presentó como amicus curiae en favor de Argentina.
Cabe resaltar que el caso había comenzado en 2015, luego de la expropiación que se había determinado durante el segundo mandato de Cristina Kirchner.
En ese momento, el viceministro de Economía Axel Kicillof defendió la medida argumentando que lo que hacía el Congreso era aplicar la Constitución, que es superior al estatuto privado de la empresa, y que había un interés público comprometido: el control de una empresa clave para el desarrollo estratégico del país. Ahora, el tribunal sostuvo que YPF fue exculpada de forma correcta en su proceso de estatización. De aquí en adelante, las partes tendrán como último recurso a la Corte Suprema norteamericana.
"Ganamos el juicio de YPF", resaltó el presidente Javier Milei a través de una publicación en la red social X. Allí el mandatario indicó que "la Cámara acaba de revocar totalmente la condena contra la Argentina: el mejor escenario posible (y con menos del 15% de probabilidades de ocurrencia)".
Más allá del festejo del mandatario, el proceso judicial no está culminado definitivamente, ya que el litigio puede tener una etapa final en la Corte Suprema de Estados Unidos. Por lo pronto, el Tribunal revisor del caso indicó que YPF fue exculpada de forma correcta en su proceso de estatización.
La victoria legal a favor de la posición Argentina resultó por dos votos contra uno. Los magistrados Denny Chin, y Sarah Merriam Robinson se pronunciaron a favor de la decisión que anuló la condena contra el país, mientras que José Cabranes lo hizo en disidencia.
Entre los argumentos centrales expuestos, el Tribunal concluyó que los estatutos de YPF no constituyen un contrato que permita a los accionistas demandar por daños y perjuicios al Estado bajo la ley argentina. "Así como es probable que la ley argentina no autorice demandas por daños entre accionistas por incumplimiento de los estatutos sociales, también es probable que no reconozca demandas presentadas por un accionista contra una corporación", detalla el documento.
Por su parte, se determinó que Argentina no formaba parte de un contrato comercial privado al momento de la expropiación, sino que actuó bajo su poder soberano, y que los estatutos de una empresa no crean obligaciones contractuales directas para el Estado en este contexto.
Y se rechazó la teoría del "Promissory Estoppel" (doctrina de actos propios), sobre la cual los demandantes argumentaban que Argentina había "prometido" cumplir los estatutos al vender las acciones en los años 90. El Tribunal rechazó esto, confirmando que no se cumplen los requisitos para dicha figura legal: "[Decidimos] AFIRMAR el rechazo del tribunal de distrito a los reclamos de 'promissory estoppel' contra la República e YPF".