Zona fría: el Gobierno definió qué ciudades quedaron sin tarifa subsidiada de luz y gas

El Ejecutivo reglamentó el Capítulo I de la Ley 27.828 con cambios en el funcionamiento del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas y las responsabilidades de los organismos públicos y de las empresas del sector. Además, definió qué distritos quedan fuera del esquema.

El Gobierno reglamentó el Capítulo I de la Ley 27.828, que modificó el Régimen de Zona Fría, con cambios en el funcionamiento del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas y las responsabilidades de los organismos públicos y de las empresas del sector. Además, definió qué distritos quedan fuera del esquema.

La medida se implementó a través del Decreto 1266/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial con la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Economía, Luis Caputo.

La reforma elimina el beneficio automático para gran parte de las localidades que habían sido incorporadas al régimen en 2021. En cambio, mantiene la cobertura para la Patagonia, el departamento mendocino de Malargüe y la región de la Puna.

Quiénes perderán el subsidio y cómo podrán mantenerlo

El cambio impactará negativamente en millones de usuarios que hasta ahora recibían descuentos por residir en zonas consideradas frías. Entre las localidades afectadas figuran Mar del Plata, Bahía Blanca, Tandil, Olavarría, Azul, Necochea, Pinamar, Villa Gesell, Junín, Pergamino y San Nicolás, entre otras.

Los hogares de esas regiones dejarán de contar con la bonificación por su ubicación geográfica y podrán acceder a una asistencia adicional si cumplen los requisitos del Régimen de Subsidios Focalizados.

Para solicitarla, deberán estar inscriptos en ese sistema y residir en las subzonas bioambientales contempladas por la normativa. Además, tendrán que cumplir al menos una de estas condiciones: ingresos familiares netos de hasta tres Canastas Básicas Totales para un hogar de cuatro integrantes, contar con un integrante que tenga Certificado de Vivienda Familiar del ReNaBaP, percibir una pensión vitalicia como veterano de la Guerra de Malvinas o tener una persona con Certificado Único de Discapacidad (CUD) en el hogar. En este último caso, la autoridad de aplicación evaluará la necesidad de asistencia económica.

Cómo quedarán las tarifas de gas

La modificación también cambia la base sobre la que se calcula el descuento. La bonificación se aplicará sobre el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte (PIST), en lugar de alcanzar el total de la factura.

De esta manera, los costos de transporte, distribución y los impuestos quedarán fuera del descuento, lo que puede incrementar el monto final de las boletas incluso para quienes conserven el beneficio.

La Secretaría de Energía deberá reglamentar los mecanismos de inscripción y acreditación de los requisitos para acceder a la asistencia. Hasta entonces, esos procedimientos deberán precisarse para determinar cómo se aplicará el nuevo esquema.

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