Así podés tramitar la devolución de percepciones en ARCA.
ARCA habilitó en 2026 el trámite para solicitar la devolución de percepciones aplicadas en 2025 por compras y servicios en moneda extranjera.
El reintegro alcanza a quienes no tributan Ganancias ni Bienes Personales y a quienes pagaron percepciones en exceso.
Para iniciar el trámite se requiere CUIT, Clave Fiscal nivel 2, Domicilio Fiscal Electrónico y CBU declarada para devoluciones.
La solicitud se gestiona mes a mes en la web de ARCA o vía SiRADIG, con acreditación posterior en la cuenta bancaria.
Con el inicio de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el trámite para solicitar la devolución de percepciones aplicadas durante 2025 sobre operaciones realizadas en moneda extranjera. Esta medida permite a los contribuyentes recuperar los recargos impositivos cobrados por compras en el exterior, así como por pagos de servicios digitales y plataformas internacionales con tarjetas de crédito o débito.
El procedimiento está pensado tanto para quienes no tributan el Impuesto a las Ganancias ni Bienes Personales como para quienes, estando alcanzados, sufrieron percepciones mayores al monto correspondiente. Para iniciar la solicitud, se requiere contar con Clave Fiscal nivel 2 o superior, tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico y declarar una CBU válida, donde se acreditará el dinero una vez aprobado el trámite.
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La devolución se realiza mes a mes mediante el servicio “Devolución de Percepciones” en la web oficial de ARCA. Aunque el reintegro puede demorar algunos meses debido a los controles del organismo, representa una oportunidad importante para recuperar parte del costo financiero asociado al dólar tarjeta y reducir el impacto de la carga impositiva en los consumos realizados en el extranjero.
Como podés pedir la devolución de las percepciones en ARCA
Para gestionar la devolución de percepciones aplicadas durante 2025 ante ARCA, el primer paso consiste en contar con CUIT y Clave Fiscal nivel 2 o superior. Antes de ingresar al sistema, es obligatorio tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico y registrar la CBU de la cuenta bancaria mediante el servicio “Declaración de CBU”. Es fundamental marcar esta cuenta específicamente para “Devoluciones”, ya que sin este paso previo el organismo no podrá acreditar el dinero una vez aprobada la solicitud.
ARCA
Quienes no tributan el Impuesto a las Ganancias ni Bienes Personales deben realizar el trámite a través del servicio “Devolución de Percepciones” en la web oficial de ARCA. Dentro del sistema, se genera una solicitud por cada mes del año anterior (formato AAAAMM, por ejemplo 202501 para enero) y se revisan las percepciones precargadas por bancos o agencias de viaje. Si falta algún comprobante, se puede cargar manualmente, aunque se recomienda confirmar los datos automáticos para agilizar los controles del organismo.
En cambio, los trabajadores en relación de dependencia y jubilados que sufrieron retenciones de Ganancias deben presentar su reclamo mediante el formulario SiRADIG-Trabajador. El plazo para cargar las percepciones de 2025 vence el 31 de marzo, y el empleador se encarga del reintegro en la liquidación anual, generalmente con el sueldo de abril o mayo. En todos los casos, es importante seguir el trámite en la plataforma para responder a requerimientos adicionales y garantizar que el monto, que genera intereses a favor del contribuyente, se deposite correctamente en la cuenta bancaria.