Prestación por Desempleo de ANSES: cuándo cobro en febrero 2023

Los beneficiarios del Seguro de Desempleo de la Administración Nacional de la Seguridad Social ya tienen su fecha de cobro confirmada. Conocé qué tipos de trabajadores pueden acceder y cómo hacer para pedir la prestación.

El beneficio está destinado a trabajadores de tiempo completo y eventuales que hayan sido despedidos sin justa causa. De esta manera obtendrán un monto mensual por 8 meses como máximo y podrán acceder también a otros beneficios. Conocé cuáles son y qué documentación tenés que presentar para poder ser beneficiario.

Prestación por Desempleo de ANSES: qué es

La Prestación por Desempleo de ANSES permite que los trabajadores despedidos sin justa causa puedan acceder a un monto mensual y conservar su obra social.

El monto para cada uno de ellos varía, de acuerdo a los ingresos y los meses trabajados durante los últimos tres años. No obstante, para los que brindaron servicios en la construcción es sobre los últimos dos años.

El beneficio se extiende entre los tres a ocho meses. Los mayores de 45 años lo reciben por seis meses más.

Prestación por Desempleo de ANSES: cuándo cobro en febrero 2023

El calendario de pagos del Seguro por Desempleo de ANSES de febrero de 2023 es el siguiente:

  • DNI terminados en 0 y 1: miércoles 22 de febrero.
  • DNI terminados en 2 y 3: jueves 23 de febrero.
  • DNI terminados en 4 y 5: viernes 24 de febrero.
  • DNI terminados en 6 y 7: lunes 27 de febrero.
  • DNI terminados en 8 y 9: martes 28 de febrero.

Prestación por Desempleo de ANSES: quiénes pueden acceder

Pueden acceder a este beneficio los siguientes grupos:

  • Trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
  • Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

Seguro de Desempleo: qué documentación necesito

Para poder tramitar la prestación deberás presentar:

  • DNI (original y copia)
  • Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
  • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
  • En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.

Cómo es el trámite del Seguro por Desempleo

Los beneficiarios deberán reunir la documentación mencionado y realizar el trámite de manera online, donde deberán ingresar a la Atención Virtual de MI ANSES.