La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal revocó un fallo de primera instancia y ordenó al Banco Central de la República Argentina (BCRA) que entregue información pública vinculada al envío de lingotes de oro al exterior, al considerar que la autoridad monetaria no justificó de manera adecuada la decisión de mantener esos datos bajo “reserva total”.
La decisión fue adoptada por la Sala V del tribunal, integrada por los jueces Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani, quienes concluyeron que la negativa del BCRA vulneró los principios de transparencia, publicidad y máxima divulgación que rigen el derecho de acceso a la información pública. En ese marco, señalaron que la respuesta del organismo se apoyó en “meras afirmaciones genéricas” y no permitió verificar si la restricción al acceso a la información era legítima.
El planteo judicial había sido impulsado por la Asociación Bancaria, a partir de varios pedidos de acceso a la información pública realizados en julio y agosto de 2024, en el marco de la Ley 27.275. Allí se solicitaban precisiones sobre eventuales envíos de lingotes de oro al exterior, las decisiones administrativas que los autorizaron, los funcionarios intervinientes, los expedientes administrativos correspondientes, la contratación de seguros y la eventual intervención de la sindicatura del BCRA.
En primera instancia, el amparo fue rechazado bajo el argumento de que la información requerida se encontraba alcanzada por las excepciones previstas en el artículo 8 de la Ley de Acceso a la Información Pública, al considerar que su difusión podía afectar la seguridad de las reservas y el normal funcionamiento del sistema financiero.
La Cámara, sin embargo, adoptó un criterio distinto. Según el fallo, “la configuración de alguna de las excepciones legales a la entrega de información pública no puede depender de una apreciación unilateral del sujeto obligado”, y remarcó que es el Estado quien debe demostrar, de forma concreta, que la divulgación de los datos solicitados podría causar un daño a un interés legítimamente protegido.
En ese sentido, los jueces cuestionaron que el Banco Central no explicara “por qué no podría informar si existieron las operaciones de envío de lingotes de oro al exterior y el monto involucrado, el ámbito en que se adoptó la decisión, la existencia de expedientes administrativos o la eventual notificación a la sindicatura”, entre otros puntos que consideraron centrales para el control público.
El tribunal también subrayó que la información reclamada se vincula con “un asunto de indudable interés público”, como es la administración de las reservas internacionales, y recordó que el derecho de acceso a la información se encuentra regido por el principio de máxima divulgación.
En línea con el dictamen del fiscal general, la Cámara ordenó al BCRA que entregue la información solicitada o, en su defecto, que indique “circunstanciadamente y punto por punto” qué datos no pueden ser divulgados y de qué manera su difusión podría poner en riesgo el sistema financiero o perjudicar los intereses del organismo. Además, impuso las costas de ambas instancias al Banco Central, al resultar vencido en el proceso.
La sentencia
sentencia de apelacion oro
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