En el marco de la necesidad de dólares ante la creciente presión cambiaria, el Gobierno oficializó la quita de retenciones anunciada este lunes para los granos hasta después de las elecciones. Afecta a productos como la soja, el girasol, la cebada, el trigo, el maíz y el sorgo y, para acceder, los exportadores deberán liquidar al menos el 90% de las divisas obtenidas dentro de los tres días hábiles posteriores a la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE).
El Gobierno oficializó la quita de retenciones: qué dice la letra chica sobre su aplicación
La eliminación temporal de retenciones para todos los granos apunta a acelerar la liquidación de divisas en medio del contexto de fuerte presión cambiaria, e implica para el Gobierno la resignación de hasta u$s7 mil millones en ingresos fiscales.
La medida se implementó a través del Decreto 682/2025, publicado este lunes en el Boletín Oficial con la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo.
La medida fue anunciada este lunes por el vocero presidencial, Manuel Adorni, quien sostuvo en su cuenta de X: "La vieja política busca generar incertidumbre para boicotear el programa de gobierno. Al hacerlo castigan a los argentinos: no lo vamos a permitir".
"Por eso, y con el objetivo de generar mayor oferta de dólares durante este período, hasta el 31 de octubre habrá retenciones cero para todos los granos", concluyó.
El Gobierno oficializó la quita de retenciones: qué dice la letra chica sobre su aplicación
La norma fija 0% la alícuota del Derecho de Exportación (D.E.) hasta el 31 de octubre de 2025, inclusive o hasta la finalización del día en que se alcance la suma de registraciones de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) por un importe equivalente a u$s7 mil millones, lo que ocurra primero.
El decreto establece además una exigencia clave: los exportadores deberán liquidar al menos el 90% de las divisas en un plazo de hasta tres días hábiles posteriores a la presentación de la DJVE. El objetivo es acelerar el ingreso de dólares al mercado local y reforzar las reservas internacionales.
En caso de incumplimiento, se aplicará la alícuota previa a la entrada en vigencia del decreto, sumada a las sanciones correspondientes previstas en la legislación vigente. Asimismo, el exportador que no cumpla no podrá volver a utilizar el beneficio de retenciones cero hasta regularizar su situación.
El decreto detalla que el tratamiento arancelario será aplicable para quienes presenten DJVE u oficialicen permisos de embarque desde la vigencia de la medida hasta la fecha límite prevista.
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