A partir de qué monto ARCA comienza a controlar tus transferencias bancarias en octubre 2025

Las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar a ARCA sobre todas las transacciones que superen los montos oficialmente establecidos.

En el contexto actual de crecimiento de las transferencias digitales y el uso frecuente de billeteras virtuales, surge una duda común entre los usuarios: ¿qué sucede cuando llega de manera inesperada una suma considerable de dinero a una cuenta bancaria? La respuesta depende de los límites de movimiento establecidos por la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

El principio básico indica que, si los fondos tienen un origen verificable, no debería existir inconveniente alguno. Esto se aplica a ingresos derivados de transacciones importantes, como la venta de un automóvil o de una propiedad, o el cobro de un trabajo facturado correctamente. En otras palabras, si existe un respaldo documental que confirme la legalidad de la transferencia, el procedimiento resulta sencillo.

Aun cuando el origen del dinero sea legítimo, las entidades financieras suelen activar protocolos de seguridad. Pueden aplicar retenciones preventivas sobre el monto hasta confirmar la naturaleza de la operación. En esos casos, el usuario solo necesita presentar la documentación que respalde la transacción, como el boleto de compraventa o la factura correspondiente, para que el banco libere los fondos sin demoras.

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Qué monto podés transferir en octubre 2025 y no tener problemas en ARCA

Se establece umbrales de control para las operaciones financieras que, al ser superados, obligan a las entidades bancarias y billeteras virtuales a generar un reporte automático de la transacción. Si bien ARCA no publica un monto fijo y único para todos los casos, el objetivo es evitar que los usuarios realicen grandes movimientos de dinero que resulten desproporcionados o inusuales respecto a su perfil fiscal declarado.

Para evitar inconvenientes con ARCA en octubre de 2025, la clave no es tanto el monto exacto de la transferencia, sino que el origen de los fondos sea siempre comprobable. Si el dinero proviene de una fuente lícita y debidamente documentada—como la venta de un activo, el cobro de honorarios facturados o un ingreso salarial—, la transferencia está justificada, incluso si supera los límites de reporte interno del banco.

El verdadero problema surge cuando se transfieren sumas importantes sin documentación de respaldo. Para mantener la tranquilidad, asegúrese siempre de que, ante cualquier movimiento grande, posea el comprobante correspondiente (contrato de venta, factura, recibo). De esta manera, si la entidad financiera aplica una retención preventiva o si ARCA solicita una justificación de fondos, podrá presentar la evidencia y evitar ser investigado por operaciones no justificadas.

ARCA

Qué información pide ARCA si superás el límite de transferencias en octubre 2025

Cuando una transferencia o el total de movimientos en una cuentabancaria o billetera virtual supera el umbral de control establecido por la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) en octubre de 2025, el organismo inicia un proceso de fiscalización. La información solicitada se centra en justificar el origen de los fondos, con el objetivo de verificar si la transacción es coherente con el perfil fiscal del titular y si el dinero fue declarado correctamente.

ARCA requerirá que se presente la documentación que respalde la legalidad de la transferencia. Esto puede incluir distintos comprobantes, como el boleto de compraventa de un inmueble o vehículo, la factura electrónica o el contrato de prestación de servicios en caso de cobro de honorarios profesionales, o recibos de haberes o herencias certificados. En pocas palabras, se solicita evidencia que demuestre de dónde proviene el dinero.

Contar con esta documentación de manera clara y en tiempo oportuno resulta fundamental. Cuando el contribuyente logra justificar el origen de los fondos, el requerimiento de ARCA se cierra sin mayores inconvenientes. Por el contrario, la ausencia de justificación o la presentación de información incompleta puede derivar en una inspección formal, con aplicación de multas e intimación al pago de impuestos sobre el monto no justificado.