El Tribunal de Audiencias de Santa Rosa condenó a la madre de Lucio Dupuy y a su pareja por el crimen del menor y la pena será impuesta en los próximos días aunque por el delito que acusó la fiscalía no se prevé otra que la de prisión perpetua.
El Tribunal de Audiencias de Santa Rosa condenó a la madre de Lucio Dupuy y a su pareja por el crimen del menor y la pena será impuesta en los próximos días aunque por el delito que acusó la fiscalía no se prevé otra que la de prisión perpetua.
La condena del tribunal integrado por los jueces Andrés Olié y Daniel Sáez Zamora y la jueza Alejandra Ongaro fue por el delito de homicidio calificado tal cual había solicitado la fiscalía integrada por Verónica Ferrero, Máximo Paulucci y Mónica Rivero, pero no así la de abuso sexual, por el cual solo fue condenada Abigail Paéz, la pareja de la madre de la víctima. ¿Por qué?
La diferencia tuvo lugar por una afirmación del juez Olié en su voto, al que adhirieron sus colegas, quien escribió: “Si bien entonces no albergo dudas acerca de la ocurrencia del hecho [el abuso sexual], el modo, el tiempo y elemento utilizado (o al menos uno de ellos); sí, en cambio, creo que las partes acusadoras solo han logrado producir prueba respecto de la autoría de una de ellas: Páez”.
“Tendré entonces por acreditado que Páez, mientras convivía con Lucio, hijo de su pareja, en el domicilio de Allan Kardec 2385, departamento 2, de la ciudad de Santa Rosa, ejecutó actos de penetración anal con un objeto fálico sobre el niño, de cinco años de edad al momento del hecho, en forma reiterada durante por lo menos dos meses antes de su fallecimiento, sin poder precisar tiempo exacto de tales agravios”, explicó.
Tras 18 jornadas de audiencias, los magistrados decidieron condenar este jueves a Magdalena Espósito Valenti, la madre del menor, por el delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento.
En tanto, el tribunal condenó a Páez por el delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal ejecutado con un objeto fálico agravado por tratarse de la guardadora y de un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente como delito continuado.
El crimen del niño de 5 años, según lo pudo determinar la investigación, ocurrió entre las 17:30 y 19:40 del 26 de noviembre de 2021.
La fiscal Ferrero, basándose en la autopsia, habló de un maltrato físico continuo -aludió a lesiones de vieja data- y consideró que también quedaron acreditados los abusos sexuales en reiteradas ocasiones.