Ley de Nietos: la gran noticia para los argentinos que buscan la ciudadanía europea

El Consulado de España en Argentina informó que los jóvenes adultos descendientes de españoles podrán obtener la doble nacionalidad.

El Consulado de España en Buenos Aires informó una nueva alternativa que beneficiará a los hijos mayores de edad para tramitar la ciudadanía española mediante la Ley de Nietos y así obtener la doble ciudadanía.

Se trata de la cuarta vía relacionada dentro de la también denominada Ley de Memoria Democrática, con el objetivo de ampliar los vínculos familiares de argentinos que pueden convertirse en beneficiarios, confirmada vía Twitter.

El plazo para la presentación de las solicitudes se inició el 21 de octubre de 2022 y culminará el 21 de octubre de 2024. Los detalles de la normativa que comprende al grupo etario especificado se encuentran en la disposición adicional octava inciso C de La Ley 20/2022 publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

https://twitter.com/CGEspBsAires/status/1622638533755142146

Según establece, podrán adquirir la nacionalidad española “los hijos e hijas mayores de edad a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre”.

Ley de Nietos: quiénes pueden solicitar la ciudadanía europea

Según detalló el Ministerio de Asuntos Exteriores, UE y Cooperación de España, la nueva Ley de Nietos permite que los hijos y nietos de personas nacidas en España y exiliadas durante el franquismo adquieran la doble nacionalidad de forma directa, sin necesidad de vivir en el país por un lapso mínimo determinado. Antes sólo podían solicitarla los hijos de ciudadanos españoles.

También aquellas personas que hayan nacido fuera de España de madre española que haya perdido la nacionalidad por haberse casado con un extranjero antes del 29 de diciembre de 1978.

Lo mismo pasa para las personas mayores de edad que sean hijos de padre o madre españoles a quienes se les haya reconocido la nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de la Ley 20/2022 (Ley de Memoria Democrática) o con la Disposición Adicional 7º de la Ley 52/2007 (Memoria Histórica).

Ley de Nietos 2

Requisitos para obtener la ciudadanía española

  • No hay límite de edad
  • Los solicitantes dispondrán de dos años para ser otorgada la ciudadanía. Con una prórroga de un año para quienes lo soliciten.
  • Estarán contemplados aquellos que perdieron la nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la Constitución de 1978.
  • Ser hijos y nietos de personas nacidas en España y exiliadas durante el franquismo.
  • Ser mayor de edad y ser hijos de padre o madre españoles a quienes se les haya reconocido la nacionalidad de origen con la ley de memoria democrática o histórica.
  • Requisitos para hijos directos de españoles
  • Personas que hayan nacido previo al 9/1/1985, padre o madre con natalicio fuera de España y que hayan obtenido la nacionalidad antes de que la persona naciera;
  • El ciudadano debe tener menos de 21 años, y el padre o la madre tienen que haber nacido fuera del territorio español y tener nacionalidad española previamente a que el aspirante naciera,
  • El solicitante tiene que ser menor de 20 años, y el padre o madre haya nacido fuera de España y realizado la nacionalidad española luego de que el aspirante naciera previamente a sus 18 años.

Ley de Nietos: documentación requerida

  • Acta de opción por la nacionalidad española: está habilitada en la página web de los consulados españoles en Argentina;
  • Partida de nacimiento de progenitores españoles: en caso de que no esté anotado en el Registro Civil del Consulado o en un Registro Civil. El documento debe tener dos años de antigüedad y se obtiene a través del Ministerio de Justicia de España;
  • Partida de nacimiento del aspirante: dada por el Registro Civil argentino, tendrá que ser legitimada por el Ministerio del Interior (Ministerio de Relaciones Exterior en el caso de los nacidos de CABA) y contar con la apostilla de La Haya;
  • Acta de matrimonio de progenitores: en caso de que no haya este documento, se tendrá que mostrar la partida de nacimiento del padre o madre que no tenga nacionalidad española;
  • Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español;
  • DNI argentino del progenitor español,
  • DNI argentino del aspirante
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