El juez federal Luis Armella levantó la clausura del predio La Salada autorizando “el desarrollo comercial y laboral lícito”, bajo alunas pautas que deberán cumplirse. En tanto se dispuso la intervención judicial y se ordenó la designación de un interventor para cada una de las empresas del predio.
Armella, a cargo del juzgado federal 2 de Lomas de Zamora, dejó en manos de la fiscal Cecilia Incardona “determinar la fecha y oportunidad en que se llevara a cabo la apertura comercial de los predios” de La Salada.
En la resolución se dispuso la intervención judicial de Urkupiña SA., Punta Mogote S.C.A., y S.A. y Cooperativa Ocean y el deber de designar un interventor administrador profesional en Ciencias Económicas para cada una de las empresas, por un plazo de 90 días que podrán ser prorrogables.
El interventor deberá suplantar a la actual administración, respetando todos aquellos compromisos comerciales que hubieran efectuado con anterioridad de manera legal.
El magistrado dejó sin efecto la clausura provisoria que se había dispuesto en el marco de una causa en la que se investigan graves delitos como lavado de activos y en la que están detenidas varias personas, entre ellos el llamado “Rey de la Salada” Jorge Castillo.
La resolución fue dictada a “fin de adoptar medidas para conciliar los intereses sociales y laborales de los trabajadores y terceros ajenos al proceso penal, con los intereses y obligaciones que tiene el Estado en la persecución penal del delito”.
El levantamiento de clausura fue ordenado respecto del predio ferial denominado "Urkupiña" administrado por la empresa Urkupiña S.A, ubicado entre las calles Bruno Tavano, Tilcara, Pergamino y Euskadi, localidad de Ingeniero Budge, partido de Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires.
También respecto del Predio ferial de Punta Mogote (Punta Mogote S.C.A.), ubicado entre las calles Euskadi, Tilcara, Bruno Tavano y Camino de la Ribera Sur, localidad de Ingeniero Budge, partido de Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires.
Y del Predio ferial “Cooperativa Ocean”, ubicado en el complejo “La Salada”, de Ingeniero Budge, también partido de Lomas de Zamora.
El levantamiento de la clausura está sujeto a algunas pautas. El juez advirtió que es de competencia de la fiscal “merituar la viabilidad técnica y fáctica, como así también la posibilidad material de llevarlas a cabo”.
“La problemática que aquí se analiza trasciende el plano estrictamente penal y alcanza una dimensión social relevante, en tanto afecta directa e indirectamente a una vasta comunidad de personas trabajadoras, cuya subsistencia se ve comprometida ”, advirtió el magistrado
“La continuidad de esta medida podría provocar un daño de magnitud incierta, en términos de cohesión social, desarrollo económico local y bienestar de núcleos familiares completos”, agregó.
El propósito fundamental de la clausura fue interrumpir la actividad delictiva reiterada y sistemática bajo una investigación de lavado de activos en la que está detenido Jorge Castillo, el “rey de la Salada” entre otras personas.
La intervención
La función del interventor a designar serán la de suplantar a la actual administración, respetando todos aquellos compromisos comerciales que hubieran efectuado con anterioridad de manera legal. También deberá regularizar la situación fiscal de todos los activos y pasivos y llevar un registro contable de la actividad.
Asimismo, deberá realizar un inventario detallado del activo, especialmente se requiere un análisis de los bienes de uso y de su relación con las actividades propias de la sociedad e informar mensualmente acerca de los ingresos, egresos y resultados económicos; sobre el destino posterior de los mismos y los principales problemas que a su entender puedan perjudicar el patrimonio de la empresa
Tendrá derecho a asistir a las reuniones de directorio con las facultades que estatutariamente se le encuentren conferidas al Administrador.
Y deberá asegurar que se llevan a cabo buenas prácticas de negocios y gestión. Estará obligado a realizar un informe mensual sobre el estado de situación y, rendir cuentas periódicamente sobre lo actuado.
El interventor tendrá que registrar a todos los empleados en relación de dependencia, evitando la contratación irregular. Además deberá emitir un informe preliminar, pormenorizado, respecto al estado habitacional, fiscal y laboral de todo el predio ferial de la empresa
También establecerá como pauta que cada persona que pretenda ingresar al predio perteneciente a la sociedad Urkupiña S.A., Punta Mogote S.C.A., y/o Cooperativa Ocean y tenga como finalidad alquilar un puesto debe ser previamente autorizada por el respectivo administrador con quien deberá celebrar un contrato de locación con el locatario para cada puesto en particular.
En ese sentido, sólo podrá contratar la locación del espacio aquella persona que se encuentre inscripta como monotributista ante el Fisco y pueda ejercer libremente el comercio.
La Salada
“La Salada” -reconocido como el mayor de su tipo en Argentina y Latinoamérica desde la década de 1990— está conformado por tres mercados principales y un depósito de mercadería, explotados por distintas firmas comerciales: Punta Mogote S.C.A., Okupiña SA y Cooperativa Ocean de Provisión de Servicios para Feriantes y Comerciantes Ltda.
Según surge de la causa, se estima que trabajan allí al menos 8.000 vendedores, también existen puestos de comida, personal de estacionamiento, transportistas de mercancía, de seguridad privada, de limpieza, empresas de micros, remiseros, bauleras, entre otros rubros conexos.
“Resulta imperioso reconocer que, en muchos casos, se trata de economías familiares enteras que dependen de esta actividad, sin otra alternativa de sustento, lo que pone de manifiesto un estado de vulnerabilidad económica extrema que el Poder Judicial no puede ignorar”, remarcó el juez al dictar la resolución.