






Tras el levantamiento parcial de la clausura, la fiscal María del Rosario Selvatici ordenó que el acceso esté a cargo de la Policía de la Ciudad.


La decisión del máximo tribunal deja sin efecto el fallo que había habilitado la inscripción de un niño con dos padres y una madre que mantienen una relación poliamorosa y reafirma la validez del artículo 558 del Código Civil y Comercial, que establece que ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiatorios.