La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió una reconocida marca de manteca por ser ilegal. Mediante la disposición 8081/2024 publicada en el Boletín Oficial el organismo detectó que el producto no presentaba las características organolépticas propias y estaba falsamente rotulado.
Se trata del producto “Manteca, primera calidad, pasteurizada, marca “La Campana”, contenido neto 200 gr., RNE 02-030758, RPPA 02-533339” a raíz de que no presentaría las características organolépticas propias de la manteca. A partir de esto se realizó una investigación para verificar la información declarada en el rótulo del producto investigado.
A lo que se informó que "la empresa asociada al Registro Nacional de Establecimiento (RNE) que se exhibe en el rótulo del producto investigado no elabora dicho producto, y el RPPA no se encuentra vigente y corresponde a otra marca".
A raíz de esto "la empresa asociada al RNE se comunicó con la DIPA informando que ella no elabora el producto Manteca La Campana en cuyo rótulo se declara falsamente su RNE como establecimiento elaborador, la desconoce como propia; y solicitó la prohibición de comercialización del producto a nivel nacional, como así también la publicación de la alerta alimentaria correspondiente".
En consecuencia por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio.
"Por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un RNE perteneciente a otra razón social y un RPPA que no se encuentra vigente y perteneciente a otra marca, resultando ser en consecuencia un producto ilegal", añadieron.