La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta de dos productos alimenticios que pueden encontrarse en dietéticas y comercios similares debido a que carecen de registros, lo que lo convierte en ilegales y potencialmente riesgosos para la salud pública.
En primer lugar, a través de la Disposición 8069/2024, el organismo restringió la comercialización de una harina de almendras sin piel proveniente de Mendoza que no cuenta con los registros sanitarios correspondientes.
"Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina", expresa el texto.
Se trata de la harina de almendras sin piel marca Keto, que al no contar con registro "no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad". Por lo tanto, se prohibió su venta en todo el país.
Harina de almendras sin piel; Marca KETO
Boletín Oficial
Por otra parte, mediante la Disposición 8070/2024, la ANMAT prohibió la venta de una moringa en polvo, proveniente de Chaco, que estaba "falsamente rotulada al exhibir en el rótulo un número de Registro Provincial de Establecimiento (RPE) dado de baja, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".
Aquí ocurre lo mismo: al no contar con un registro correcto, el Estado no puede garantizar que las condiciones de elaboración sean las correctas para cuidar la salud de los consumidores.
Así, la venta de la moringa en polvo marca Natureva, Agroecológica y Sustentable, Elaborado por Cooperativa de Productores Agropecuarios y Apícola El Abrazo Cordial Limitada, fue prohibida en todo el país.
Moringa en polvo marca Natureva, Agroecológica y Sustentable
Boletín Oficial