La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió una marca de endulzante y unos palitos salados de tres sabores. Los motivos fueron para “proteger la salud de los ciudadanos”.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió una marca de endulzante y unos palitos salados de tres sabores. Los motivos fueron para “proteger la salud de los ciudadanos”.
En la disposición 1636/2022 se prohibió el producto rotulado como “Stevia, Endulzante Natural, Grupo Eco, Endulzando La Vida, Presentación granulado, Peso aprox. 80g., Fecha de vencimiento: Dic. 2022, Procesado y distribuido por Naturaleza Boliviana, Reg. Sanitario 028043, Caranavi, Bolivia”.
La Administración asegura no tener en su base de información antecedentes de registros ni ingresos al país del producto. Se determinó que la leyenda “100% stevia cristalizada” es “incorrecta e induce a la confusión o engaño del consumidor”.
Por otro lado, en la disposición 1584/2022 del Boletín Oficial, ANMAT dictaminó sacar de circulación los “Palitos salados marca Verónica Snacks, peso neto 1000 gr, sabores: Clásico, Jamón, Queso, Elaborado por: R.N.E: 040036624, Envasado por: Verónica Snacks, Luca, Córdoba, R.N.E: 04004883, R.N.P.A: 04035072”.
El producto está en infracción al artículo Nº3 del Código Alimentario Argentino (CAA) por “carecer de registros de establecimiento y de producto, y consignar en su rótulo información perteneciente a otra razón social”. Además, aclara que no pudo ser identificado de forma fehaciente y clara.