El Gobierno nacional formalizó un nuevo esquema que permitirá a nueve provincias concesionar tramos de rutas nacionales dentro de sus territorios mediante el sistema de obra pública financiada por peaje.
Se oficializó en el decreto 253/2026 publicado este viernes. Los convenios serán temporales y estarán sujetos a supervisión de la Dirección Nacional de Vialidad.
El Gobierno nacional formalizó un nuevo esquema que permitirá a nueve provincias concesionar tramos de rutas nacionales dentro de sus territorios mediante el sistema de obra pública financiada por peaje.
La decisión quedó plasmada en el Decreto 253/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial, donde se establece un mecanismo de delegación con carácter “funcional, limitado, temporal y revocable”.
Las provincias alcanzadas por la normativa son Córdoba, San Luis, Mendoza, Corrientes, Santa Fe, San Juan, Santa Cruz, Río Negro y Neuquén; distritos más afines al Gobierno. La normativa establece un límite máximo de 30 años para las concesiones, fijando un tope temporal para este tipo de contratos.
Según se detalla en la norma, cada distrito podrá encargarse de la administración, mantenimiento, reparación o ampliación de los tramos asignados. Sin embargo, el dominio público de las rutas y la jurisdicción seguirán bajo control del Estado nacional.
Para avanzar con este esquema, las provincias deberán firmar convenios específicos con la Dirección Nacional de Vialidad, en los que se establecerán los tramos involucrados, los plazos de concesión y los mecanismos de control y auditoría. Además, estos acuerdos necesitarán la aprobación de la Secretaría de Transporte, que depende del Ministerio de Economía.
En cuanto al funcionamiento de los peajes, el decreto fija condiciones estrictas: los ingresos generados deberán destinarse exclusivamente a los tramos concesionados, sin posibilidad de financiar otras obras. También se prohíbe integrar estos sectores en licitaciones conjuntas con rutas de otras jurisdicciones, lo que limita la creación de corredores más amplios.
Otro punto central es el plazo de implementación. Las provincias tendrán hasta un año desde la firma de los convenios para convocar a licitación. En caso de no hacerlo, la delegación quedará sin efecto automáticamente. Asimismo, si una concesión se interrumpe o finaliza por cualquier motivo, la administración del tramo volverá al Estado nacional.
El esquema se apoya en la Ley 17.520, que regula las concesiones de obra pública, y en el Decreto-Ley 505/58 sobre el sistema troncal vial. También se enmarca en los lineamientos de la Ley 27.742, orientada a la reorganización del Estado y la descentralización de funciones.