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El Colegio de Abogados porteño dictaminó que es inconstitucional que la SIGEN realice las auditorias en las universidades

El organismo destacó que la autonomía universitaria es una “garantía institucional reconocida en la Constitución Nacional que impide que las universidades nacionales sean intervenidas por el presidente de la República, bajo pena de agredir al sistema republicano”.

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  • El Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires dictaminó que el intento por parte de la Sindicatura General de la Nación (Sigen) de auditar las universidades nacionales es inconstitucional y agrede al sistema republicano. Argumentó que la autonomía universitaria está consagrada constitucionalmente y además existen otros órganos encargados de esos controles.

    El dictamen fue en respuesta a una consulta realizada por la Universidad de Buenos Aires (UBA). El organismo destacó que la autonomía universitaria es una “garantía institucional reconocida en la Constitución Nacional que impide que las universidades nacionales sean intervenidas por el presidente de la República, bajo pena de agredir al sistema republicano”.

    La UBA había pedido una opinión técnico-jurídica al colegiado porteño sobre el control externo e interno de las universidades nacionales, en el marco de la autonomía universitaria consagrada constitucionalmente. No obstante, esta autonomía no significa que las universidades nacionales están fuera de la órbita del control estatal, sino que lo hacen exclusivamente por medio de los órganos constitucionalmente habilitados.

    SIGEN

    El Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires dictaminó que el intento por parte de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) de auditar las universidades nacionales es inconstitucional.

    Universidades nacionales: qué dice el dictamen sobre las auditorías internas

    En cuanto al control interno, el dictamen del Colegio de Abogados porteño señala que es competencia de las propias universidades en ejercicio de su autonomía. Dicho control es desplegado en la UBA por sus órganos electos democráticamente en ejercicio del cogobierno.

    A su vez, destaca que la Sigen es un órgano que no posee jerarquía constitucional, ya que depende del presidente de la República y por lo tanto solo tiene competencia en el control interno de las jurisdicciones que componen el Poder Ejecutivo Nacional.

    Por otro lado, en lo que atañe al control externo, explicita que el mismo “está asociado a aspectos patrimoniales, económicos, financieros y operativos, y corresponde a la Auditoría General de la Nación”.

    En lo que respecta al órgano constitucionalmente autorizado para practicar auditorías externas a las Universidades Nacionales, enfatiza que: “La simple lectura de la Constitución Nacional y el entendimiento de la división de poderes en el sistema republicano lo deja claro: es el Congreso de la Nación, con apoyo en la Auditoría General de la Nación”.

    Para luego finalizar: “De ninguna manera una decisión del Poder Ejecutivo Nacional puede soslayar el mandato y avanzar sobre la clara atribución constitucional, si lo que se busca es mantener la división de poderes y, al fin, asegurar los beneficios de la libertad de los argentinos”.

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