ANMAT prohibió siete marcas de café por irregularidades en su registro
El organismo la publicó en el Boletín Oficial donde explicaron que las presentaciones fueron calificadas como “apócrifas” por carecer de registros sanitarios y mostrar rótulos falsos.
Se trata de los cafés de las marcas Caffé del Doge, Café Sol y Caffé del Ponte Rialto.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) lanzó una serie de resoluciones, publicadas en el Boletín Oficial, en la que prohíbe el fraccionamiento y comercialización de una serie de cafés en todo el territorio nacional por irregularidades en el rotulado.
Según detalló el organismo a través de la disposición 8385/2025, señaló que al carecer de registros sanitarios de establecimiento, los productos fueron considerados “apócrifos”. Se trata de siete productos, pertenecientes a las marcas Caffé del Doge, Café Sol y Caffé del Ponte Rialto.
La investigación comenzó tras una denuncia presentada ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), en la que se advirtió que un producto rotulado como “Puro café espresso estilo italiano tostado natural en grano, Doge Rosso Blend, marca Caffé del Doge, Il Caffé di Venezia”, utilizaba un número de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que era inexistente. La medida permanecerá vigente hasta que las empresas involucradas regularicen su situación.
Cafés
Prohíben 7 marcas de café por irregularidades: dónde se fraccion los productos
El procedimiento de investigación comenzó tras una denuncia y la INAL constató la presencia de otros productos también con irregularidades en los rótulos y carencia de información obligatoria como lote o fecha de vencimiento.
En las facturas exhibidas se indicaba que estos productos eran provistos por la firma Junio 1995 SRL., el dueño del local afirmó que solo usaban el producto para preparación de cafés en taza para los consumidores. Sin embargo, se constató que el fraccionamiento se realizaba en una planta denominada Café Sol, ubicado en San Justo, provincia de Buenos Aires.
Durante la inspección en el lugar, se constató que el mismo no contaba con Registro Nacional de Establecimiento (RNE) ni de Producto Alimenticio, vigentes para los elaborados o fraccionados, y que se procesaban no solo productos para la marca propia, sino también para Caffé del Doge y Caffé del Ponte Rialto.
Además, en la planta se encontraron productos que presentaban en sus etiquetas números de registros inexistentes o no vigentes y que carecían de información sanitaria indispensable. De esta manera, avanzaron con la toma de muestras indicativas, prohibieron el fraccionamiento y requisaron la mercadería.
Durante la recorrida por la planta, también hallaron resto de los productos, sin números de registros, ante lo cual se tomó muestra indicativa y se procedió a su intervención preventiva.
Además de la prohibición de la elaboración y venta de los productos, se ordenó también iniciar sumario sanitario contra la firma Caffé del Doge Argentina – Junio 1995 SRL y contra el titular de la planta Café Sol, como así también la prohibición de la comercialización en todo el territorio nacional de cualquier producto que en su rótulo indique el RNPA EXP. N° 4050-141467.