La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) resolvió prohibir en todo el país el uso, la comercialización, la distribución y la publicidad de distintos productos de limpieza, luego de constatar diversas irregularidades durante los controles correspondientes
ANMAT prohibió la venta de productos de limpieza por irregularidades sanitarias
A través del Boletín Oficial, el organismo ordenó retirar los bienes de todas las góndolas del país por incumplimientos de registros. Las empresas alcanzadas por la sanción están ubicadas en Mar del Plata y Santa Fe.
La medida fue formalizada a través de la Disposición 9289/2025 del Boletín Oficial publicada este viernes 26 de diciembre e involucra a la empresa Wohr Rubén Alberto, con domicilio en la ciudad santafesina de Esperanza, que quedó sometida a un sumario sanitario. La prohibición alcanza a la totalidad de los productos elaborados y comercializados por la firma.
Durante una inspección llevada adelante por el Servicio de Domisanitarios, se detectó la presencia de productos que no contaban con el correspondiente registro, así como otros que no cumplían con los requisitos de rotulado y trazabilidad exigidos por la normativa vigente.
Entre los artículos observados figuran el “Limpiador Multiuso desinfectante”, el “Sulfato de cobre” destinado al mantenimiento de piletas, el “Removedor de insectos ultra concentrado”, el “Hipoclorito de sodio 100 gr Cl/L” utilizado como desinfectante para agua de piscinas, además de “Alguicida”, “Regulador de pH”, “3 en 1, precipitante, clarificante, floculante” y “Limpiador Cremoso”, todos comercializados bajo la marca “Wohr Química”.
Los inspectores también advirtieron inconsistencias en las etiquetas de algunos productos, que no coincidían con los modelos autorizados, además de la falta de leyendas obligatorias y la ausencia de datos de registro, incumpliendo los estándares regulatorios.
Ante este escenario, la ANMAT ordenó la apertura de un sumario contra la empresa y su director técnico, el ingeniero químico Rubén Eusebio Thimental, por presuntas infracciones al artículo 816 del Decreto N° 141/53, por haber elaborado y comercializado productos domisanitarios sin contar con los correspondientes registros ante ANMAT y también por haber elaborado productos registrados con rótulos diferentes a los aprobados y sin codificación de lote y fecha de vencimiento/plazo de validez.
Desde el organismo nacional remarcaron que la elaboración y circulación de productos ilegítimos representa un riesgo sanitario inaceptable, ya que impide un control adecuado del mercado de insumos médicos y domisanitarios.
Finalmente, las prohibiciones fueron notificadas a distintos organismos competentes, como la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria, la Dirección de Gestión de Información Técnica y la Coordinación de Sumarios. Además, se dispuso la publicación oficial de la resolución y su comunicación a las áreas de salud a nivel nacional y provincial.
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