La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) aprobó el uso de cannabidiol (CBD) en productos cosméticos. Fue oficializado través de una resolución publicada en el Boletín Oficial.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) aprobó el uso de cannabidiol (CBD) en productos cosméticos. Fue oficializado través de una resolución publicada en el Boletín Oficial.
El organismo dispuso que los productos cosméticos, para la higiene personal y perfumes que “contengan al cannabinoide denominado CBD puro de origen natural o CBD presente en extractos y aceites naturales de ciertas partes de la planta de Cannabis sativa L. con no más del 0,2% P/P de THC”, podrán inscribirse dentro de la categoría Grado 2, que incluye a este rubro.
Además, la ANMAT dispuso que este ingrediente sólo puede estar presente en formulaciones que no estén en contacto con mucosas. Así, queda “prohibido su uso en parches y en productos donde, por su forma cosmética, exista riesgo de inhalación durante su manipulación y uso".
La disposición establece que la publicidad deberá incluir la leyenda “Producto cosmético que contiene cannabinoide CBD. No apto para el uso medicinal ni para su ingesta”. No podrá estar dirigida a embarazadas, menores de edad ni personas en período de lactancia ni ser protagonizada por estos grupos.