El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial la reglamentación del Presupuesto 2026 y la Ley de Inocencia Fiscal luego de la aprobación en el Senado en una sesión que duró más de ocho horas.
Luego de la aprobación del Senado, se publicó la reglamentación tanto del plan fiscal 2026 como la nueva normativa.
El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial la reglamentación del Presupuesto 2026 y la Ley de Inocencia Fiscal luego de la aprobación en el Senado en una sesión que duró más de ocho horas.
Luego del debate, la votación del Presupuesto 2026 resultó aprobada con 46 votos afirmativos, 26 negativas y una abstención. El cálculo para el período del año contempla una expansión del Producto Bruto Interno (PBI) estimada en 10,1% y un valor del dólar que alcanzará los $1.423, según el gobierno, en diciembre del 2026.
De este modo, se proyecta un superávit primario del 1,5% del PBI un superávit financiero del 0,2%. También prevé la evolución de la demanda agregada para el próximo año. Las proyecciones indicaron que el consumo privado aumentara un 4,9%. Mientras que, el consumo público espera un 1,2% de incremento.
En el artículo 30 del capítulo 2 se debatió sobre la eliminación de cláusulas relacionadas con el financiamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, la Educación Técnico Profesional y el Fondo Nacional de la Defensa.
El texto aprobado derogó la Ley de Educación Nacional, el inciso 1 del artículo 4 de la Ley 27.565 que creaba el Fondo Nacional de la Defensa (FONDEF), el artículo 52 de la Ley 26.058 Educación Técnico Profesional y los artículos 5, 6 y 7 de la Ley 27.614 de Financiamiento de Ciencia y Tecnología.
Además, se aprobó la Ley de Inocencia Fiscal, la cual modifica el régimen penal tributario y los procesos de control fiscal. Según registró el Indec, al cierre del tercer trimestre del 2025, los argentinos tenían cerca de u$s254.000 millones fuera del sistema financiero.
La ley permite a los contribuyentes utilizar sus ahorros hasta un máximo de $100 millones sin sanciones de parte del fisco. Excepto los que tengan ingresos anuales superiores a $1.000 millones o un patrimonio mayor a $10.000 millones.