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Quiénes cobran la Prestación por Desempleo de ANSES en junio 2026 y en qué fecha reciben el pago

Quiénes pueden cobrarla, cuál es el monto máximo y cuándo se acredita el pago. Conocé los requisitos para acceder a esta asistencia económica y el calendario completo de cobro.

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  • El beneficio destinado a trabajadores desocupados del organismo previsional continúa vigente en junio de 2026 para trabajadores que perdieron su empleo formal. Con montos diversos, el incentivo brinda asistencia económica temporal, ¿quiénes cobran la Prestación por Desempleo de ANSES en junio 2026 y en qué fecha reciben el pago?

    La ayuda varía según los aportes realizados durante la vida laboral de cada beneficiario y este mes, puede alcanzar un máximo de $363.000 para quienes registran mayores ingresos y períodos de aportes.

    Además de la asistencia económica mensual, el subsidio permite conservar la cobertura de obra social, mantener el cómputo de aportes jubilatorios y seguir percibiendo las asignaciones familiares que correspondan. El refuerzo puede otorgarse por hasta 12 meses, aunque en algunos casos, como el de personas mayores de 45 años, es posible acceder a una extensión adicional del plazo de cobertura.

    Qué titulares reciben la Prestación por Desempleo de ANSES

    La Prestación por Desempleo está destinada a trabajadores en relación de dependencia que hayan sido desvinculados de su empleo y cumplan con los requisitos establecidos por el organismo previsional. Para acceder al beneficio, es necesario acreditar la finalización de la relación laboral mediante la documentación correspondiente y realizar la solicitud dentro de los 90 días hábiles posteriores al cese laboral.

    Además del apoyo económico mensual, quienes cobran esta asignación conservan la cobertura de obra social, mantienen el acceso a las asignaciones familiares que correspondan y continúan sumando aportes previsionales para su futura jubilación.

    Cuándo se cobra la Prestación por Desempleo de ANSES en junio 2026

    El calendario de pagos fue organizado según la terminación del DNI:

    Los haberes se acreditan a través de los canales habituales habilitados por el organismo de la seguridad social y la gestión puede realizarse de forma virtual mediante Atención Virtual o de manera presencial en una oficina del organismo con turno previo. Entre la documentación requerida se encuentran:

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