La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comenzó a liquidar las asistencias de mayo. Entre ellas se encuentran las Pensiones no Contributivas (PNC). Por otra parte, el pago a los jubilados y pensionados que cobren la mínima comenzó el 9 de mayo con DNI finalizado en 0, mientras que para los que la superen, empieza hoy con DNI terminado en 0 y 1.
Pensiones de ANSES: cuál es el requisito fundamental para cobrar en mayo 2023
La Administración Nacional de la Seguridad Social detalló qué se necesita para percibir una de las líneas de las PNC. Los detalles.
El organismo previsional dirigido por María Fernanda Raverta también agregó que el haber de mayo continuará con los mismos montos de este mes luego del incremento del 17,04% del último marzo previsto por la Ley de Movilidad, en la que establece otro aumento para junio.
Junto a los haberes, los jubilados también cobran este mes la última cuota del bono de refuerzo de $15.000 para los que perciben un haber mínimo que disminuye paulatinamente hasta $5.000 para quienes cobren dos beneficios mínimos. Este bono permite que ninguna jubilación sea de menos de $73.665.
Cuáles son las PNC de ANSES
- Pensión no Contributiva por Invalidez
- Pensión no Contributiva para Madre de 7 hijos
- Pensión no Contributiva por Vejez
PNC de ANSES: montos de mayo 2023
- Por Vejez: $41.065,5 (70% de un haber mínimo) más $15.000 de Bono de Refuerzo
- Por Invalidez: $41.065,5 (70% de un haber mínimo) más $15.000 de Bono de Refuerzo
- Por Madre de 7 hijos o más: $58.665 (es equivalente a un haber mínimo) más $15.000 de Bono de Refuerzo y $34.000 por Programa Alimentar.
PNC de ANSES: cuándo cobro en mayo 2023
- DNI terminados en 0 y 1: 2 de mayo
- DNI terminados en 2 y 3: 3 de mayo
- DNI terminados en 4 y 5: 4 de mayo
- DNI terminados en 6 y 7: 5 de mayo
- DNI terminados en 8 y 9: 8 de mayo
PNC de ANSES: el requisito fundamental para cobrar
Las Pensiones No Contributivas en el caso de tener siete hijos sólo están destinadas a las madres, por ende, los padres no pueden realizar el trámite para cobrar la prestación.
De todas maneras, en caso de fallecimiento de la titular podrán cobrar la pensión el viudo, concubino o hijo menor con discapacidad.
Se trata de una pensión mensual y vitalicia, es decir, se paga de por vida como en el caso de las jubilaciones contributivas.
El trámite se puede realizar en cualquier momento, sin importar edad o estado civil. Lo que importa es que la solicitante tenga siete hijos biológicos y/o adoptivos.
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