Jubilados de ANSES puede acceder a un crédito de $5 millones

La Administración Nacional de la Seguridad Social explicó de qué forma se puede solicitar este préstamo.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) prepara beneficios para agosto. Y en paralelo dio a conocer que los jubilados que cumplan con ciertos requisitos pueden acceder a un préstamo de hasta $5.000.000.

El organismo previsional que está dirigido por Mariano de los Heros explica que desde el Banco Provincia sorprendieron a los jubilados con esta nueva línea de préstamos para los jubilados clientes de la entidad bancaria. Según detallaron el monto puede devolverse hasta en 72 cuotas.

Desde que se suspendió el préstamo que brindaba ANSES, no había opciones que resultaran interesantes para los jubilados. A raíz de esto, el Banco Provincia decidió lanzar un crédito exclusivo para este grupo de beneficiarios que cobra sus mensualidades en la entidad bancaria.

Jubilados ANSES
Tras la publicación del IPC de mayo por el INDEC, la Administración Nacional de la Seguridad Social ajustará los montos para las categorías del SIPA.

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Características del crédito al que pueden acceder los jubilados de ANSES

Desde el banco ampliaron la información sobre este crédito:

  • Monto del crédito: los jubilados pueden solicitar un crédito de hasta $5.000.0000.
  • Plazos de pago: el crédito puede ser devuelto en 12, 24, 36, 48, 60 o 72 cuotas.
  • Sistema de amortización: el préstamo se liquida bajo el sistema de amortización francés.
  • Una característica importante del crédito que aclararon desde el Banco Provincia es que el máximo monto solicitado está ligado a la cuota a pagar, la cual no puede superar el 35% del ingreso promedio del jubilado, y si además se posees un préstamo hipotecario con el Banco, la afectación máxima no deberá superar el 40% del ingreso promedio.

Requisitos del crédito

Las condiciones para acceder al préstamo son:

  • Percibir la jubilación en la Caja de Ahorros Cuenta de la Seguridad Social de ANSES.
  • Contar con DNI.
  • La cuota por mes no podrá superar el 35% del haber jubilatorio y/o pensión (en caso de tener un crédito hipotecario en el mismo banco se eleva hasta el 40%).
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