Molino Cañuelas y la Federación Argentina de la Industria Molinera (FAIM) rechazaron la resolución dictada por la Secretaría de Comercio Interior, que impuso multas por violación de la Ley de Defensa de la Competencia.
Molino Cañuelas y la Federación Argentina de la Industria Molinera (FAIM) rechazaron la resolución dictada por la Secretaría de Comercio Interior, que impuso multas por violación de la Ley de Defensa de la Competencia.
A través de un comunicado, la empresa harinera calificó a la medida de "falta de sustento e ilegal" y considera a la multa "infundada, irracional y exorbitante", ya que "se basa en un acuerdo que nunca se aplicó" realizado en 2015.
"La denuncia tiene su origen en 2015 y se formula por un acuerdo sectorial que nunca se aplicó, el cual tenía como finalidad evitar que las grandes empresas vendan por debajo del costo de producción en perjuicio de las pequeñas empresas con menor capacidad financiera", afirmó la compañía, que advirtió que recurrirá a la Justicia.
En la misma línea, FAIM se refirió a la resolución como "groseramente arbitraria, por carecer del más básico sustento fáctico y jurídico en la medida que se está sancionando un hecho que nunca ocurrió".
La entidad también anticipó que continuará este conflicto en Tribunales.
La Resolución 332/2022, publicada este martes en el Boletín Oficial, multó a Molino Cañuelas y a FAIM por $150 millones cada una por la creación de un "Acuerdo General de Defensa de la Libre Competencia en el Sector Molinero", con vigencia desde octubre de 2014.
Según la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), el propósito de este acuerdo fue "fijar un precio mínimo de venta e impedir la competencia en la comercialización de harina de trigo".
Desde la CNDC detallaron que este tipo de acuerdos "generan un daño significativo sobre el interés económico general y el bienestar de las y los consumidores", por lo que son considerados como los más gravosos por la Ley de Defensa de la Competencia.