La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminó el régimen de percepciones de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales sobre la compra de moneda extranjera. De esta manera, ya no se aplicará el cobro a cuenta del 30% de impuestos sobre la compra de divisas a cargo de personas humanas para atesoramiento, pudiendo acceder a través de las entidades habilitadas por el Banco Central a la compra de divisas sin ningún tipo de restricción ni retención por parte de ARCA.
Los cambios normativos que modifican el régimen de percepción del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales inciden en el llamado "dólar turista" o "dólar tarjeta".
La medida se implementó a través de la Resolución General 5672 del organismo que dirige Juan Pazo, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
La nueva norma establece que las compras de billetes y divisas en moneda extranjera realizadas por personas humanas y sucesiones indivisas, ya sea para atesoramiento o sin un destino específico, dejan de estar alcanzadas por el régimen de percepciones. Del mismo modo, quedan exentas las operaciones destinadas al pago de obligaciones por importación de mercaderías incluidas en la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.).
Sin embargo, las percepciones continuarán aplicándose sobre las compras en moneda extranjera efectuadas con tarjeta de crédito o débito, así como otros medios de pago similares. Es decir, los consumos en dólares en servicios digitales, turismo, pasajes y otras categorías seguirán generando cargos impositivos en los resúmenes de cuenta.
Hasta el viernes, las compras en el exterior con tarjeta se liquidaban al denominado "dólar tarjeta", compuesto por el dólar oficial, más un recargo del 30% correspondiente a percepciones por adelanto de Ganancias y Bienes Personales.
La medida fue impulsada porque, con los recargos impositivos, el dólar tarjeta solía superar las bandas de flotación oficiales, llegando incluso por encima de los $1.400. Para evitar esta distorsión, el Ministerio de Economía resolvió eliminar esos impuestos sobre ciertas operaciones en moneda extranjera, y así avanzar en el camino hacia la normalización del mercado cambiario.
Cómo serán ahora las compras en dólares con tarjeta
A partir de ahora, quienes hayan realizado consumos en dólares con tarjeta de crédito o débito antes de este cambio, verán en el resumen el impuesto detallado como "DB.RG 5617 30%", pero este se calcula sobre la cotización oficial del día anterior al cierre del resumen, sin importar cuándo se concretó la operación.
No obstante, ante la flexibilización del cepo, el concepto de "dólar tarjeta" pierde vigencia, ya que los usuarios podrán comprar dólares libremente a través de home banking —en lo que hasta ahora era conocido como "dólar ahorro"— y también pagar sus consumos al tipo de cambio oficial.
¿Qué pasa con las compras en dólares en el exterior? Están alcanzadas por la percepción del impuesto a las ganancias o sobre los bienes personales, dependiendo del tipo de contribuyente y la operación.
Esto incluye:
- Compras con tarjeta de crédito, débito u otros medios de pago equivalentes en el exterior.
- Adquisición de servicios prestados por no residentes.
- Contratación de servicios turísticos o de transporte con destino fuera del país.