Cuál es el beneficio que tienen los monotributistas de ARCA que no tengan deudas en CABA

La AGIP reglamentó cómo se accede a las bonificaciones previstas en el artículo 180 bis del Código Fiscal de la Ciudad, confirmando que el cumplimiento fiscal pasa a ser la condición central para obtener el alivio en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos dentro del Monotributo Unificado.

  • La AGIP reglamentó cómo se accede a las bonificaciones previstas en el artículo 180 bis del Código Fiscal de la Ciudad, confirmando que el cumplimiento fiscal pasa a ser la condición central.
  • La Resolución 28/AGIP/26 incorpora el artículo 26 bis a la Resolución 559-AGIP/25 y establece que el beneficio será reconocido de oficio a los pequeños contribuyentes cuya actividad principal sea la prestación de servicios.
  • Se trata de una reducción directa del impuesto local que se integra dentro del esquema del Monotributo Unificado en CABA, impactando en el importe mensual que el contribuyente abona junto con su componente nacional.
  • El beneficio es un incentivo al cumplimiento. No se exige trámite ni solicitud: la AGIP lo aplica automáticamente de oficio (aunque todavía no lo vi reflejado en las credenciales de monotributo).

La AGIP reglamentó cómo se accede a las bonificaciones previstas en el artículo 180 bis del Código Fiscal de la Ciudad, confirmando que el cumplimiento fiscal pasa a ser la condición central para obtener el alivio en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos dentro del Monotributo Unificado.

La Resolución 28/AGIP/26 incorpora el artículo 26 bis a la Resolución 559-AGIP/25 y establece que el beneficio será reconocido de oficio a los pequeños contribuyentes cuya actividad principal sea la prestación de servicios, siempre que no registren deuda en el tributo.

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Qué beneficio podés obtener por no tener deudas en el monotributo unificado de ARCA

El Código Fiscal ya había creado dos niveles de bonificación para las categorías más bajas del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos:

  • 100% de bonificación para las tres categorías de menor base imponible.
  • 75% de bonificación para las cinco categorías siguientes de menor base imponible.

Se trata de una reducción directa del impuesto local que se integra dentro del esquema del Monotributo Unificado en CABA, impactando en el importe mensual que el contribuyente abona junto con su componente nacional.

El beneficio es un incentivo al cumplimiento. No se exige trámite ni solicitud: la AGIP lo aplica automáticamente de oficio (aunque todavía no lo vi reflejado en las credenciales de monotributo).

Cuando se aplica el beneficio para monotributistas

  • El contribuyente está en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos CABA.
  • Su actividad principal es de servicios.
  • Se encuentra dentro de las categorías alcanzadas por el art. 180 bis.
  • No registra deuda en el tributo local.
  • Pueden controlar si el contribuyente tiene deudas o no ingresando a la web de AGIP con CUIT y Clave Ciudad o miBA, seleccionando la opción de “Cuenta Corriente Tributaria” y eligiendo la opción “Detalle de Deuda”.
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