El paquete de medidas fiscales que el Gobierno enviará al Congreso por fuera de la nueva Ley Ómnibus incluye, además de un proyecto de blanqueo y cambios en el Impuesto a las Ganancias, una nueva moratoria contemplada dentro de un "Régimen de Regularización Excepcional".
Este régimen abarca las obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social "con el fin de lograr el pago voluntario" por parte de los contribuyentes y responsables, quienes obtendrán "distintos beneficios según la modalidad de la adhesión y el tipo de deuda que registren".
Podrán acceder quienes tengan obligaciones pendientes con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) vencidas al 29 de febrero de 2024, inclusive, o infracciones cometidas hasta esa fecha que estén relacionadas o no con aquellas obligaciones. El plazo será de 150 días corridos desde la entrada en vigencia de la reglamentación.
En el caso de las obligaciones y recursos de la seguridad social, el proyecto establece que "la cancelación total de los aportes y contribuciones producirá la extinción de la acción penal, sin perjuicio que los aportes y contribuciones con destino al Sistema Nacional de Obras Sociales no se encuentren regularizados".
El pago podrá hacerse "al contado o mediante plan de facilidades de pagos", y quedan excluidas las compensaciones. También se plantea una serie de beneficios "según la forma de pago elegida y la fecha de la adhesión":
- Pago de contado y adhesión al régimen dentro de los primeros 90 días: condonación del 50% de los intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de adhesión.
- Regularización en un plan de facilidades de pago y adhesión al régimen dentro de los primeros 90 días: condonación del 30% de los intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de adhesión.
- Pago de contado y adhesión al régimen a partir de los 91 días corridos: condonación del 30% de los intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de adhesión.
- Regularización en un plan de facilidades de pago y adhesión al régimen a partir de los 91 días corridos: condonación del 10% de los intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de adhesión.
Proyecto Ley Medidas Fiscales