La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este miércoles los cambios aplicados para que los contribuyentes computen la percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Lo hizo por medio de la resolución 5750/25, publicada en el Boletín Oficial y entrará en vigencia a partir del 1° de septiembre de 2025.
La flexibilización y ampliación de los plazos se concretó a partir de planteos realizados por entidades representativas del sector privado sobre las dificultades que presentan algunos procesos internos de registración y validación documental para cumplir con los plazos vigentes.
El principal cambio aplicado por ARCA para computar la percepción del IVA consiste en que, a partir del 1 de septiembre, en vez de aplicarlas en el mes en que las reciben, los contribuyentes también podrán hacerlo en cualquiera de los cinco períodos fiscales inmediatos siguientes.
ARCA
ARCA amplió y flexibilizó el plazo para computar la percepción del IVA.
Dicho cambio impacta directamente en el nuevo sistema integral y asistido de determinación del IVA, denominado “Portal IVA”, que ARCA había implementado a través de la resolución general 5705.