ARCA amplió y flexibilizó el plazo para computar la percepción del IVA: todos los cambios

La medida se oficializó por medio de la resolución 5750/25, publicada este miércoles en el Boletín Oficial y entrará en vigencia a partir del 1° de septiembre de 2025.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este miércoles los cambios aplicados para que los contribuyentes computen la percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Lo hizo por medio de la resolución 5750/25, publicada en el Boletín Oficial y entrará en vigencia a partir del 1° de septiembre de 2025.

La flexibilización y ampliación de los plazos se concretó a partir de planteos realizados por entidades representativas del sector privado sobre las dificultades que presentan algunos procesos internos de registración y validación documental para cumplir con los plazos vigentes.

El principal cambio aplicado por ARCA para computar la percepción del IVA consiste en que, a partir del 1 de septiembre, en vez de aplicarlas en el mes en que las reciben, los contribuyentes también podrán hacerlo en cualquiera de los cinco períodos fiscales inmediatos siguientes.

ARCA
ARCA amplió y flexibilizó el plazo para computar la percepción del IVA.

ARCA amplió y flexibilizó el plazo para computar la percepción del IVA.

Dicho cambio impacta directamente en el nuevo sistema integral y asistido de determinación del IVA, denominado “Portal IVA”, que ARCA había implementado a través de la resolución general 5705.

Todas las modificaciones implementadas por ARCA desde el 1 de septiembre

  • Plazo para computar percepciones: En el período fiscal en que fueron practicadas o en alguno de los cinco períodos siguientes.
  • Excepción – Cómputo retroactivo: Permitido solo por excepción: en el período inmediato anterior, si la operación ocurrió en ese período y la percepción se practicó antes del vencimiento.
  • Saldo a favor del contribuyente: Si hay saldo a favor, se considera ingreso directo y puede aplicarse según el art. 24 de la Ley de IVA.
  • Alcance de la medida: Aplica a todas las percepciones de los regímenes de las RG modifi cadas (1603, 2126, 2408, etc.).
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