AFIP buscará comenzar esta semana con la moratoria y el blanqueo: qué significa y cuándo estarán disponibles los aplicativos

El pasado viernes se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 608/2024, que regula las modificaciones impositivas y los planes especiales aprobados por la Ley 27.743.

De acuerdo con fuentes de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), este miércoles el organismo dirigido por Florencia Misrahi tiene previsto habilitar en su sitio web los aplicativos necesarios para que los asesores tributarios puedan comenzar a liquidar los impuestos.

Esto incluye la moratoria fiscal, el blanqueo, el nuevo esquema para el gravamen a los Bienes Personales y el Régimen Especial de Ingresos sobre los Bienes Personales (RIEB).

Cuál fue el informe de AFIP respecto a la moratoria y el blanqueo

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Paso a paso para obtener la Clave Fiscal de AFIP de forma online.

Paso a paso para obtener la Clave Fiscal de AFIP de forma online.

El Gobierno necesita implementar los cambios lo antes posible para que comiencen a generar ingresos que compensen la disminución en la recaudación fiscal que ha estado enfrentando el fisco.

En este contexto, se dió a conocer lo siguiente por parte del organismo recaudador de fondos: “La AFIP está trabajando en equipo con otros Organismos (Comisión Nacional de Valores y Banco Central) para la puesta en marcha de esta medida de regularización tributaria, con el fin de emitir las resoluciones generales y poner a disposición los aplicativos correspondientes, a partir del próximo miércoles 17 de julio.

De qué se trata la moratoria y el blanqueo en AFIP

En junio, la recaudación de impuestos bajo la antigua configuración tributaria experimentó una disminución de cerca del 14% en términos reales interanuales, ajustado por la inflación. Esto se debe, en parte, a que aún no se ha restablecido el Impuesto a las Ganancias de la Cuarta Categoría.

Moratoria

El Gobierno ofrece una reducción en los intereses resarcitorios y punitorios para quienes paguen al contado o en hasta 3 cuotas: un 70% de descuento durante los primeros 30 días, un 60% hasta 60 días y un 50% hasta 90 días.

Para quienes elijan planes de pago, las condiciones varían según el tipo de contribuyente:

  • Personas físicas: deben abonar el 20% de la deuda y pueden pagar el resto en hasta 60 cuotas mensuales con una tasa de descuento del Banco Nación.
  • Pymes y entidades sin fines de lucro: deben anticipar el 15% de la deuda y pueden pagar el saldo en hasta 84 cuotas.
  • Empresas medianas: deben pagar el 20% de la deuda y pueden financiar el resto en hasta 48 cuotas.
  • Grandes empresas: deben abonar el 25% de la deuda y tienen la opción de pagar el resto en hasta 36 cuotas.

Blanqueo

Para quienes decidan regularizar dinero o propiedades no declaradas:

  • Hasta u$s100.000: no se pagará el impuesto especial. Quienes blanqueen hasta el 30 de septiembre deberán abonar un 5%, hasta el 30 de noviembre un 10% y hasta el 30 de enero un 15%.
  • Más de u$s100.000: para evitar el impuesto, el dinero deberá permanecer inmovilizado en una cuenta especial hasta el 31 de diciembre de 2025. El plan incluye un "tapón fiscal" de hasta un 9%, lo que significa que si alguien blanquea u$s100.000 y luego regulariza u$s9.000 adicionales, no perderá los derechos ya obtenidos.

Bienes Personales

El nuevo mínimo no imponible se incrementó de $27,3 millones a $100 millones.

Además, se actualizó el umbral para inmuebles destinados a casa habitación, elevándolo de $136,8 millones a $350 millones.

La alícuota se redujo de 1,75% para bienes en el país y de 2,25% para bienes en el exterior, a un rango que va del 0,5% al 1,5%, y se eliminó la distinción entre ambos tipos de bienes.

Bienes Personales por anticipado

Se podrá realizar un pago anticipado para los bienes ya declarados, que cubrirá el impuesto correspondiente a los años 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027, a una tasa preferencial del 0,45%.

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