El presidente de Gimnasia (La Plata), Mariano Cowen, rechazó la idea del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, de transformar al club platense -del cual es socio y simpatizante- en una Sociedad Anónima Deportiva (SAD).
La contundente respuesta del presidente de Gimnasia a Federico Sturzenegger por la intención de que el club sea una SAD
Mariano Cowen expuso los motivos por los cuales está en contra de la propuesta de privatización del ministro de Desregulación y Transformación del Estado.
"No hablé nunca con él y creo que el principal problema lo tiene Sturzenegger, porque cuando sos socio vos adherís a un Estatuto y una forma de pensar y vivir un club, y él se hizo socio de Gimnasia con eso, y ahora quiere cambiar un Estatuto el cual adhirió, eso me parece la primera contradicción", explicó la máxima autoridad del Lobo.
En las últimas semanas, el Gobierno avanzó con su propuesta de implementar las SAD en los clubes del fútbol argentino. El propio Sturzenegger aseguró que "soy hincha de Gimnasia y si no traemos capitales, no sé dónde estamos". Una afirmación que no cayó bien entre los asociados del Lobo, que pegaron papeles en la cancha en contra de las SAD y con la cara del funcionario.
"Yo quiero que todos me expliquen las garantías. Como fanático e hincha de Gimnasia, socio y ahora presidente, quiero que vos me digas 'qué querés para ser una SAD', todo lo que te tengo que dar como club y vos qué me garantizas. Si mañana sale mal, quién se hace cargo. ¿Por qué vendría una SAD a Gimnasia? ¿Por el Bosquecito o el hockey? No, por el fútbol profesional nada más", aseguró Cowen en 0221.
En la misma línea, el presidente explicó que "es totalmente evitable porque hay una intromisión de la política y el Estado nacional en materia deportiva que es una de las premisas que tiene FIFA, la de la no intromisión. Los socios votaron en asamblea el modelo de club que quieren tener, en el caso nuestro es muy claro en el artículo 2 del Estatuto lo dice, y la AFA como federación no lo permite".
Se prepara el ingreso de las SAD en los clubes de fútbol: cuáles son los requisitos que propuso el Gobierno
El Gobierno realizó este miércoles un nuevo avance en la creación de las condiciones para el desembarco de las sociedades anónimas deportivas (SAD) en el fútbol argentino: a través de una resolución de la Inspección General de Justicia (IGJ) se establecieron los procedimientos para el ingreso de capitales privados en las asociaciones civiles con detalles de votación, requisitos y obligaciones de clubes e inversores.
La decisión llega luego del decreto publicado la semana pasada, que le dio un año a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) para adaptar sus estatutos y aceptar las sociedades anónimas como afiliadas a la entidad, algo que hoy no está permitido.
La medida se implementó a través de la Resolución General 18/2024, publicada este miércoles en el Boletín Oficial con la firma de Daniel Vítolo, titular de la IGJ, que estableció los requisitos que deberán cumplir y la documentación que tendrán que presentar ante el organismo las asociaciones civiles que se transformen en sociedades anónimas. Entre estos requerimientos figuran la escritura pública de transformación, el estatuto de la nueva sociedad, los nombres de los asociados que se convierten en accionistas y la de los nuevos socios que se incorporen como inversores.
La decisión de adquirir acciones de una sociedad anónima podrá ser tomada por "una asamblea extraordinaria con las mayorías de 2/3 de los asociados presentes con carácter general", al tiempo que "permite que la misma asamblea delegue en el órgano de administración la facultad de poder establecer cuándo y cómo" participar de ese tipo de sociedades.
El monto del capital social, en tanto, "debe ser igual al del patrimonio neto resultante del balance especial de transformación requerido, adicionado en su caso con el valor del aporte del socio o socios que se incorporan. Puede, no obstante, decidirse fijar una cifra inferior, siempre que la misma cumpla con la exigencia del capital mínimo requerido para el tipo social de sociedad anónima. En tal caso, la diferencia entre la sumatoria de capital y el monto del patrimonio neto se imputará a una reserva especial".
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