Giro en la causa: absolvieron a Dani Alves del delito de agresión sexual

El Tribunal de Justicia de Cataluña resolvió que el testimonio de la joven que acusó al exfutbolista de Barcelona de haberla abusado en el boliche Sutton en 2022 no es suficiente para mantener la condena del acusado. La Fiscalía pedía elevar la pena del jugador a 9 años de prisión, la cual había sido de 4 años y 6 meses en primera instancia.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) revocó por unanimidad la sentencia que condenó al jugador Dani Alves a 4 años y 6 meses de prisión por la agresión sexual a una joven en el boliche en diciembre del 2022. La Fiscalía pedía elevar la pena a 9 años, pero todo fue desestimado porque consideran que las pruebas no son suficientes para mantenerlo condenado.

Aseguran que la sentencia de la Audiencia contiene “una serie de vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones sobre los hechos, la valoración jurídica y sus consecuencias”. La Fiscalía pedía subir la condena a 9 años, mientras que la acusación pedía pena a 12 años.

Los magistrados indican que en la sentencia de la Audiencia ya se aludía a la falta de fiabilidad del testimonio de la denunciante en la parte del relato ante “las insuficiencias probatorias” y señalan que no dan por acreditada la hipótesis acusatoria no supone afirmar que la hipótesis verdadera sea la que mantiene la defensa del acusado”.

El tribunal está compuesto por las mujeres María Ángels Vivas, Roser Bach y María Jesús Manzano, y por el magistrado Manuel Álvarez no comparte “la convicción del Tribunal de instancia expresada en su resolución, la exposición de la cual contiene a lo largo de los razonamientos una serie de vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones sobre los hechos, la valoración jurídica y sus consecuencias”.

Dani Alves

Desde la Audiencia optaron por “acoger una creencia subjetiva de lo que ocurrió en el interior del baño limitado únicamente al hecho de que la penetración vaginal fue inconsentida, como sostiene la denunciante, justificando la versión, penetración vaginal inconsentida, con el argumento de que puede modificarse el consentimiento para mantener la relación sexual en cualquier momento y aventurando posibles razones por las cuales la denunciante ha podido faltar a la verdad para explicar los desajustes del relato, por razones de necesidad”.

El exjugador del Barcelona estuvo en prisión preventiva más de un año y consiguió la libertad provisional luego de abonar una fianza de €1 millón.