Se acerca el verano y los grupos familiares o de amigos se embarcan en las vacaciones que programaron durante el año. Suele suceder que, en muchas ocasiones, se inclinan por viajar en autos particulares y para poder tener un viaje tranquilo, es necesario contar con todos los documentos correspondientes. Uno de ellos en la Verificación Técnica Vehicular (VTV).
Ahora bien, qué sucede si circulo con la VTV vencida por falta de turno. Se trata de una pregunta recurrente y aunque se puede solucionar, lo recomendable es que antes de realizar un viaje cuente con la oblea vigente pegada en el parabrisas del vehículo. Conocé que sucede y cuándo debo renovar la VTV.
Qué pasa si circulo con la VTV vencida y no consigo turno
Las autoridades sostienen que el inspector de tránsito es el responsable de constatar la falta de VTV, pero no es el responsable de evaluar la situación por la problemática que hay en la VTV, la falta de turnos y todo lo demás, sino que el encargado es el juez de faltas.
Por otro lado, explican que "no puede ponerse en condición de juez" y lo que puede hacer el inspector es constatar, pero no puede evaluar, ya que eso lo realiza es el juez.
Por otro lado, tanto Tránsito como la Patrulla Municipal son los que van a constatar la falta de VTV. Hasta tanto, si el juez no toma otra medida y esas vengan al personal, ellos deben acatar lo que está estipulado en la ley.
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Cómo saber cuándo debo renovar la VTV.
Cómo saber cuándo debo renovar la VTV
El último número de la patente coincide con el mes en el que hay que renovar la VTV. Recordá que quedan al margen los meses de enero y diciembre que serán utilizados para las personas con la oblea vencida. El cronograma de renovación es:
- Patentes terminadas en 0: vencen el 31 de octubre.
- Patentes terminadas en 1: vencen el 30 de noviembre.
- Patentes terminadas en 2: vencen el 28 de febrero.
- Patentes terminadas en 3: vencen el 31 de marzo.
- Patentes terminadas en 4: vencen el 30 de abril.
- Patentes terminadas en 5: vencen el 31 de mayo.
- Patentes terminadas en 6: vencen el 30 de junio.
- Patentes terminadas en 7: vencen el 31 de julio.
- Patentes terminadas en 8: vencen el 31 de agosto.
- Patentes terminadas en 9: vencen el 30 de septiembre.