Luego de intentos fallidos y con un ambiente explosivo de por medio, el Gobierno finalmente dio marcha atrás y derogará con la Ley de Alquileres. Luego de una reunión entre el ministro Sergio Massa y el presidente Alberto Fernández, se abre un nuevo escenario para los inquilinos: ¿qué pasará con los contratos vigentes o nuevo contratos a firmar?
Ley de Alquileres derogada: qué pasará con los contratos vigentes
Luego de que el Gobierno deje sin efecto la normativa sancionada en 2020 y avance en una nueva alternativa que los regule, hay inquilinos que ya se encuentran con contratos firmados o están en vísperas de hacerlo.
Uno de los principales puntos para darle fin a esta normativa tiene que ver principalmente con las desorbitantes subas que sufrieron los alquileres desde 2020, año en el que se sancionó la ley. En el encuentro entre el Presidente y el ministro de Economía, acordaron que la ley debe cambiar porque generó fastidio tanto para inquilinos como para propietarios, reflejado principalmente en los importes de los alquileres.
A pesar de varios intentos de cambios y reformulación, las cifras son ineludibles y marcan que los alquileres sufrieron aumentos que rondan el 250% en tres años. Esto, potenciado por la alta inflación, las débiles paritarias y también el casi nulo acceso al crédito hipotecario
Ley de Alquileres: qué pasará con los contratos vigentes y nuevos contratos a firmar
El presidente de la Cámara de Empresas de Servicios Inmobiliarios (CAMESI), Mariano García Malbrán, en la suspensión de la ley, se deberá detallar cuál será el procedimiento a seguir en los contratos vigentes y los que se firmen de aquí en adelante con la ley ya suspendida.
En este punto, Malbrán sostuvo en declaraciones a Ámbito que "contratos vigentes se sigue aplicando la ley actual recientemente suspendida, ya que las clausulas del contrato de locación fueron negociadas y consensuadas con dicha ley".
Y con respecto a los contratos que se firmen de aquí en adelante estimó que "mientras no se dicte una nueva norma, se rijan por la antigua ley de alquileres. En este supuesto se podrá fijar un mínimo plazo contractual de dos años y la actualización podrá ser negociada libremente por las partes".
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