La ANMAT prohibió una serie de productos para los dientes por no tener registro sanitario

Desde la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica informó que el producto no contaba codocumentación que avale su legítima procedencia.

document (25).pdf

Mediante la Disposición 8420/2023 publicada en el Boletín Oficial el miércoles 11 de octubre, desde la ANMAT comunicaron que se realizó una inspección en la empresa “Tuelo Dental”, ubicada en la ciudad de San Juan. En el que se "retiró en carácter de muestra para posterior verificación, una unidad de: DIENTES ACRÍLICOS – BAIRES 2 – Fabricado por Baires Dental SA".

Donde el organismo observó que en el envase tenía la leyenda “plazo de validez 6 años después de la fecha de fabricación” pero no indicaba su fecha de fabricación, y tampoco el responsable del establecimiento no pudo aportar documentación que avale su legitima procedencia.

Ante este panorama, desde la ANMAT decidieron que "a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios del producto involucrado, toda vez que se trata de un producto sin registro sanitario del que se desconocen sus condiciones de elaboración/fabricación".

Por ende, la ANMAT prohibió "el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto identificado como “DIENTES ACRÍLICOS – BAIRES 2 – Fabricado por Baires Dental SA”.

La ANMAT prohibió una reconocida marca de aceite de oliva por ser ilegal

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió una reconocida marca de aceite de oliva por ser ilegal. Mediante la publicación de la disposición 7834/2023 en el Boletín Oficial, informó que el registro del producto es inexistente y no cumple con la normativa alimentaria vigente.

aceite de oliva
Cual es la diferencia entre el aceite de oliva virgen y extra virgen.

Cual es la diferencia entre el aceite de oliva virgen y extra virgen.

La ANMAT comunicó que, mediante la consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos, se realizó una investigación sobre el producto: “Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Colina del Rey, Cont. Neto 2 L, Consumir preferentemente antes de marzo 2025, Lote N°: 0002, RNE: 02-270637, RNPA: Expte: N° 02.645950, Origen Mendoza, Envasado por Casanova S.A.”.

El cual no cumplía con la normativa vigente, ya que desde el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y a Registro de Producto Alimenticio (RNPA) detectaron que los rótulos nombrados anteriormente son inexistentes.

Además, desde la ANMAT detallaron que "el registro es inexistente y que no se encontraron registros con la razón social “Casanova S.A.” ni con la marca “Colina del Rey”.

TEMAS RELACIONADOS