La ANMAT prohibió una marca reconocida de miel por estar falsamente rotulado

Tras una investigación la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología determinó que no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio por ser ilegal.

Mediante la Disposición 7806/2024 publicada en el Boletín Oficial alertaron por una consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) por el producto "Miel de Abeja marca Dulce Manjar; Calidad 100 % artesanal; 1 Kg; Fecha de Elab. 05-2024; Fecha de Vto. 05-2029; RNE 13-087992; RNPA 026-13939836".

Disposición 7806/2024 Miel

Mediante una investigación determinaron que "el producto se encuentra en infracción al artículo 3° de la Ley N° 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71, los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA)", por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de registros sanitarios inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

Ante esta situación desde el ANMAT expresaron que "por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina".

anexo_7193720_1.pdf

Por lo que determinaron que "prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, del producto: Miel de Abeja marca Dulce Manjar; Calidad 100 % artesanal; RNE 13-087992; RNPA 026-13939836 en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de registros sanitarios inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".

TEMAS RELACIONADOS
DEJA TU COMENTARIO: