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La ANMAT prohibió una marca de aceite de oliva por ser trucho

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología comunicó que el producto es ilegal por estar mal rotulado. También restringieron la comercialización de una marca de brakets.

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  • La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (ANMAT) prohibió una marca de aceite de oliva por ser falso. El organismo publicó en el Boletín Oficial la Disposición 3042/2024 donde explicó que el producto es ilegal por estar mal rotulado. También estringieron la comercialización de una marca de brakets.

    Mediante la Disposición 3042/2024, la ANMAT comunicó que se realizó una investigación a raíz de una consulta particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) sobre el producto rotulado como “Aceite de Oliva primera prensada en frío Extra Virgen, Finca Olivares de Cuyo, Cont. neto 500cc, Vto: 03/2026, RNE 02-433735 - RNPA 02-500482, Mendoza”.

    Mediante la consulta al "Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza a fin de verificar la información declarada en el rótulo; quien informó que no posee registros con la marca o nombre de fantasía Finca Olivares de Cuyo”.

    Por ello informaron que "el producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley N° 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un RNE inexistente y un RNPA perteneciente a otro producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".

    La ANMAT decidió que "a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales", por lo que "no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de contro".

    El organismo decidió prohibir "la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto: “Aceite de Oliva primera prensada en frío Extra Virgen, Finca Olivares de Cuyo, RNE 02-433735 - RNPA 02-500482, Mendoza”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un número de RNE inexistente y un número de RNPA perteneciente a otro producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".

    La ANMAT prohibió una marca de brakets

    Desde la Administración se realizó una inspección sobre inspección "en el domicilio de la calle San Lorenzo N° 260, de la ciudad de Mendoza, provincia homónima, sede de la empresa FERRER SALUD S.A". Donde se detectó una unidad de “AZDENT® BRACKET - FDA - MINI ROTH 0,022¨ -3-4-5 Hooks - PRB403”, sin datos de importador, fecha de fabricación o de autorización sanitaria.

    La Dirección de Gestión de la Información Técnica informó que no constaba registro de inscripción en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica (RPPTM) de esta Administración Nacional del producto en cuestión.

    Ante este panorama informaron que "queda prohibido: a) La elaboración, la tenencia, fraccionamiento, circulación, distribución y entrega al público de productos impuros o ilegítimos” y al artículo 1° de la Disposición ANMAT N° 3802/04".

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