Cuba suspendió los vuelos de Cubana de Aviación a la Argentina por la decisión de Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF) de no suministrarle combustible a sus aviones, en cumplimiento al embargo que Estados Unidos impone sobre la isla.
"Aplicación del bloqueo de Estados Unidos en Argentina obliga a Cubana de Aviación a suspender vuelos", informó la cancillería de ese país caribeño que señaló que con dicha decisión, la petrolera estatal viola su legislación nacional.
Cuba suspendió los vuelos de Cubana de Aviación a la Argentina por la decisión de Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF) de no suministrarle combustible a sus aviones, en cumplimiento al embargo que Estados Unidos impone sobre la isla.
"Aplicación del bloqueo de Estados Unidos en Argentina obliga a Cubana de Aviación a suspender vuelos", informó la Cancillería de Cuba a través de un comunicado publicado en su página oficial y en sus redes sociales.
En el texto, la Cancillería cubana informó que en marzo del 2024 YPF le comunicó a su aerolínea la negativa de continuar suministrando combustible a sus aviones aeronaves. Ante esa situación, la Jefa de la Unidad Cubana de Aviación en Buenos Aires se reunió con directivos de alto rango del área de transporte y de la aviación civil de Argentina para buscar una solución al problema y no afectar a los pasajeros pero no recibió una respuesta satisfactoria que asegurara la venta de combustible.
"Como resultado, Cubana de Aviación se ha visto obligada a suspender los vuelos regulares entre Cuba y Argentina, que se habían mantenido durante 39 años", se indicó en el comunicado.
La Cancillería cubana consideró que la suspensión del suministro de combustible por parte de YPF es una medida arbitraria y una demostración evidente, "no solo de la vigencia de la aplicación del genocida bloqueo de Estados Unidos contra Cuba, sino de su carácter extraterritorial, además de que contraviene las reglas del comercio internacional".
"Al acatar el bloqueo estadounidense contra Cuba, YPF Argentina viola flagrantemente su legislación nacional, específicamente la Ley No. 24.871, aprobada el 20 de agosto de 1997 y promulgada el 5 de septiembre del propio año, que en su Artículo 1 párrafo 2 dice que “serán absolutamente inaplicables y carentes de efectos jurídicos las leyes extranjeras que pretendan generar efectos extraterritoriales a través de la imposición de bloqueo económico, la limitación de inversiones en un determinado país, o la restricción a la circulación de personas, bienes, servicios o capitales, con el fin de provocar el cambio de la forma de gobierno de un país, o para afectar su derecho a la libre autodeterminación.", se indicó.
Luego se señaló que el incumplimiento del contrato por la empresa argentina, además de que provocará daños a Cubana de Aviación, perjudicará a los propios ciudadanos argentinos y a otros viajeros, incluyendo aquellos que tenían boletos aéreos comprados hacia y desde Cuba.
"Es contradictorio que se pregone la libertad a toda costa, mientras se limita la libertad de una empresa que cumple rigurosamente las disposiciones normativas de Argentina y de la Organización de la Aviación Civil Internacional. La aplicación de anacrónicas y absurdas restricciones a una empresa cubana es un hecho tangible que demuestra los efectos devastadores del bloqueo impuesto por Estados Unidos a Cuba", agrega el texto. .
"Cuba seguirá denunciando los casos de aplicación extraterritorial del bloqueo y demandando el fin de esta política ilegal, que constituye una violación flagrante del Derecho Internacional y concita el rechazo abrumador de la comunidad internacional", concluye el comunicado.