El impuesto a las retenciones se trata de un pago que se realiza a La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sobre las operaciones comerciales en concepto de impuestos. Tiene origen en las ventas que realizamos o en las facturas que cobramos, es decir, en el dinero que nos ingresa.
Cuando realizamos una venta comercial y nos ingresa dinero, si nuestro cliente es agente de retención de algún organismo recaudador, nos retendrá un porcentaje del monto a cobrar, en concepto de dicho impuesto. Conoce en este artículo más detalles y cómo se realiza el pago.
Cómo es el pago de impuesto a las retenciones en AFIP para grandes contribuyentes
Transferencia electrónica de fondos
En el sitio web de los prestadores homologados por esta Administración Federal o de la red bancaria de la entidad. Deberás ingresar la identificación y la clave de acceso, observando las formas y condiciones acordadas con el prestador.
- www.pagar.com.ar.
- www.pagomiscuentas.com.
- www.interbanking.com.ar.
En el sitio web de AFIP. Ingresando con clave fiscal al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”.
Posteriormente, deberás generar el volante electrónico de pago (VEP), donde se especificará la obligación a cancelar y los datos correspondientes a CUIT, período, impuesto, concepto, subconcepto e importe.
A fin de abonar el VEP, podrás hacerlo mediante la lectura de un Código QR o accediendo a la entidad de pago (Interbanking – PAGAR – Pago Mis Cuentas) y seleccionando la opción "Pagos AFIP". El pago podrá efectuarse en forma inmediata tras la generación del VEP.
En lo que respecta al QR, las billeteras habilitadas para realizar el pago son:
Billetera electrónica AFIP
A través del servicio “Carga Billetera AFIP”, que se encuentra disponible por cualquiera de estas dos vías:
- En la página web de la AFIP: Accediendo con clave fiscal de nivel de seguridad 2 o superior.
- En homebanking, utilizando el acceso provisto por tu banco.
En ambos casos, dentro del servicio “Carga Billetera AFIP” se deberá indicar la CUIL/CUIT del contribuyente al cual se le acreditarán los fondos y el importe que se desea transferir.
También podés hacerlo mediante transferencia bancaria internacional.
Cómo es el pago de impuesto a las retenciones en AFIP para el resto de los contribuyentes
Transferencia electrónica de fondos
Homebanking: A fin de utilizar este servicio, previamente deberás concurrir con tu tarjeta de débito a cajeros automáticos que sean de la misma red que dicha tarjeta, para obtener la clave de acceso.
En el sitio web de los prestadores homologados por esta Administración Federal o de la red bancaria de la entidad (http://www.pagar.com.ar, http://www.pagomiscuentas.com o http://www.interbanking.com.ar).
Deberás ingresar la identificación y la clave de acceso, observando las formas y condiciones acordadas con el prestador.
En el sitio web de AFIP: Ingresando con clave fiscal al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”.
Posteriormente, deberás generar el volante electrónico de pago (VEP), donde se especificará la obligación a cancelar y los datos correspondientes a CUIT, período, impuesto, concepto, subconcepto e importe.
A fin de abonar el VEP, deberás acceder a la entidad de pago y seleccionar la opción "Pagos AFIP". El pago podrá efectuarse en forma inmediata tras la generación del VEP.
Cajeros automáticos
Billetera electrónica AFIP
A través del servicio “Carga Billetera AFIP”, que se encuentra disponible por cualquiera de estas dos vías:
- En la página web de la AFIP: Accediendo con clave fiscal de nivel de seguridad 2 o superior.
- En homebanking, utilizando el acceso provisto por tu banco.
En ambos casos, dentro del servicio “Carga Billetera AFIP” se deberá indicar la CUIL/CUIT del contribuyente al cual se le acreditarán los fondos y el importe que se desea transferir. También podés hacerlo mediante transferencia bancaria internacional.