Casación rechazó la recusación a los jueces y el juicio contra "Pity" Álvarez se reanudará la semana que viene

El juez Gustavo Bruzzone desestimó el recurso que habían presentado los abogados del exlíder de Intoxicados, por lo que la semana próxima declararán los testigos pendientes.

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  • La Sala de Turno de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó el recurso presentado por la defensa de Cristian “Pity” Álvarez para apartar a los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°29.

    De esta manera, el juicio oral contra el músico por el homicidio de Cristian Díaz, ocurrido en julio de 2018 en el barrio Samoré de Villa Lugano, podrá reanudarse la próxima semana con las declaraciones de los testigos pendientes. El proceso se encontraba suspendido a la espera de esta resolución.

    El planteo había sido impulsado por los abogados defensores Javier Ignacio Baños y Sebastián Javier Quejeiro durante la audiencia del pasado 7 de septiembre.

    La defensa cuestionó al fiscal general Sandro Abraldes y a los jueces Gustavo Goerner, Juan Ramos Padilla y Hugo Navarro, argumentando un supuesto "temor de imparcialidad". Entre sus reclamos, objetaron la valoración de ciertos testimonios y la negativa del tribunal a incorporar un informe médico que advertía sobre los presuntos riesgos que el proceso judicial implicaría para la salud del acusado.

    Tanto los magistrados de primera instancia como la Cámara de Casación coincidieron en rechazar la medida al señalar que los argumentos de la defensa no encuadran en ninguno de los causales previstos en el artículo 55 del Código Procesal Penal de la Nación.

    En su voto, el juez de Casación Gustavo Bruzzone remarcó que las decisiones cuestionadas se tomaron en el marco de las facultades propias de los jueces para la conducción del debate y sostuvo que la mera disconformidad con las resoluciones no constituye una prueba objetiva de parcialidad.

    Asimismo, el camarista recordó que existen vías procesales idóneas para impugnar fallos sin recurrir a la recusación de los magistrados, y aclaró que la instancia de Casación solo contempla la revisión sobre los jueces y no sobre los representantes del Ministerio Público Fiscal.

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