El juez en lo Penal, Contravencional y de Faltas Norberto Circo hizo lugar a una acción de hábeas corpus y dispuso que las personas que se encuentren detenidas en dependencias policiales de la Ciudad de Buenos Aires, “con sentencia firme o no” sean trasladadas a cárceles del Sistema Penitenciario Federal.
El traslado debe ordenarse “siempre que, cumplan con los requisitos para ingresar al Servicio Penitenciario Federal y, cuenten con la orden del juzgado correspondiente, debiéndose disponer su traslado a dicha jurisdicción”.
La presentación fue efectuada por la Defensoría del Pueblo adjunta de la Ciudad de Buenos Aires, para garantizar que las personas condenadas a disposición de la Justicia Nacional que actualmente se encuentran detenidas en comisarías y alcaidías de Ciudad, sean trasladadas “de inmediato” a establecimientos penitenciarios adecuados bajo la órbita del Servicio Penitenciario Federal. Se encuentran alojados en comisarías y alcaidías de CABA 2455 detenidos y 411 se encuentran “en el ámbito equivocado”.
Respecto de las condiciones de detención de las personas condenadas, la Defensoría constató al 18 de febrero que se encuentran alojadas en comisarías y alcaidías de la Ciudad un total de dos mil cuatrocientas cincuenta y cinco (2455) personas, "pese a que estos espacios son dispositivos de alojamiento transitorio y no cuentan con las condiciones mínimas requeridas por la normativa nacional e internacional para la detención de personas condenadas".
De ellas, 411 ya tienen dictado de condena, específicamente a la fecha, 181 personas de esas 411 tienen sentencia firme -dos de ellos a perpetua. Asimismo, de los 411 condenados/as, sólo 57 a disposición de la de la Ciudad de Buenos Aires, 5 a cargo de la justicia federal y dos de la provincia de Buenos Aires.
El resto se encuentra a disposición de la justicia nacional “evidenciando la falta de cupos adecuados en el sistema penitenciario federal”.
Remarcaron desde la Defensoría que “la prolongada permanencia en condiciones inadecuadas de estas personas, es de larga data, en espacios que no garantizan su seguridad ni el acceso a programas de rehabilitación y resocialización, en violación del artículo 18 de la Constitución Nacional, el artículo 7.6 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 15 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
El juez señaló en el fallo que “respecto de las 411 personas condenadas quienes se encuentran en la actualidad alojadas en las alcaidías y comisarías de la CABA, considero que, ello rompe con el régimen progresivo y la finalidad resocializadora de la pena, previsto por la Ley de ejecución penal 24.660”
“Como ha quedado demostrado, 411 personas, se encuentran actualmente detenidas en el ámbito equivocado”, advirtió el magistrado. El juez decidió remitir la causa por conexidad, al Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas n°3